Veintidós (22).-
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-
Maracaibo, Veintiocho (28) de Septiembre de 2.011.-
201º y 152º
Vista la diligencia de fecha Veintidós (22) de Septiembre del presente año, suscrita por la ciudadana ELIZABETH FUENTES, Abogada en Ejercicio, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 89.859, en su condición de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil HERMO, S.A., y el ciudadano BENITO ANTONIO DURÁN QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 9.317.909, en su condición de Apoderado de la Sociedad Mercantil COMERCIAL MARVAL, C.A., debidamente asistido por la Abogada en Ejercicio GADA KERIR MAREDENI, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 88.453; por medio del cual solicitan el levantamiento de la medida, el Tribunal provee sobre lo solicitado y en consecuencia se SUSPENDE LA MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, decretada por este Tribunal en fecha Veinte (20) de Enero de 2.011 y ejecutada Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, según actas de embargo de fecha Diecisiete (17) de Febrero de 2.011, sobre los bienes muebles propiedad de Sociedad Mercantil COMERCIAL MARVAL, C.A.-
EL JUEZ TEMPORAL,
ABOG. CARLOS MÁRQUEZ CAMACHO.- LA SECRETARIA,
MARIA ROSA ARRIETA FINOL.-
En la misma fecha se asentó en el libro de sentencias bajo el Nro. .-
LA SECRETARIA,
MARÍA ROSA ARRIETA FINOL.-
CRF/19.-
Exp. Nro. 13.127.-
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