JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, 28 de septiembre de 2011
201º y 152º
Sentencia No. 115-11
Vista la anterior diligencia y consignada como ha sido la copia certificada del Acta de Defunción que el tribunal le insto a consignar según auto de fecha 26 de septiembre del presente año. En aplicación a la Resolución No. 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial No. 39.152 de fecha 2 de abril de 2009, mediante el cual atribuye a los Juzgados de Municipios el conocimiento de forma exclusiva y excluyente de todos los asuntos de jurisdicción voluntaria o no contenciosa en materia civil, mercantil, familia sin que participen niños, niñas y adolescente, según las reglas ordinarias de la competencia por el territorio, y en cualquier otro de semejante naturaleza; este Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. Comparece la ciudadana GLADYS JOSEFINA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-3.382.159, asistida en este acto por el ciudadano ORLANDO ANTONIO PARRA FERNANDEZ, venezolano mayor de edad, Abogado en ejercicio, titular de la cedula de identidad No. V-5.845.601, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el NO.152.716 solicita se le declaren suficientes los derechos que tiene ella como única y Universal Heredera del causante ciudadano CARLOS ENRIQUE LÓPEZ GONZALEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.806.593, quien falleció Ab-Intestato en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el día 21 de Septiembre de Dos Mil Ocho (2008). La mencionada solicitud fue acompañada de los siguientes documentos: 1) Copias de las Cédulas de identidad del causante y de la solicitante, 2) Justificativo de Testigos evacuado por ante La Notaria Publica Décima Primera de Maracaibo, 3) Copia certificada del Acta de defunción del causante, 4) Partida de nacimiento de causante, y 5) copia certificada del Acta de Defunción del Ciudadano CARLOS ENRIQUE LÓPEZ LUCAS.- Por lo tanto, con estos documentos y dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo prevé el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara suficientes los derechos que tiene la ciudadana, GLADYS JOSEFINA GONZALEZ como Única y Universal Heredera del causante ciudadano CARLOS ENRIQUE LÓPEZ GONZÁLEZ.- Así se decide. Devuélvanse estas actuaciones en originales y déjese copia certificada para formar la misma. Asimismo se ordena expedir por Secretaría dos (02) juegos de copias certificadas, conforme a lo solicitado por las partes-
La Juez,
Abog. MARIA IDELMA GUTIERREZ VILLARREAL.
El Secretario Temporal,
Abog. GASTON GONZALEZ URDANETA.
En la misma fecha se devolvió constante de dieciséis (16) folios útiles y se dejó copia certificada de la solicitud N° 0352-11 asimismo se expidieron los dos (02) juegos de copias certificadas solicitadas, conforme a lo ordenado.-
El Secretario Temporal,
Abog. GASTON GONZALEZ URDANETA.
MIGV/GGU/lr.-
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