REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturín, 19 de Septiembre de 2011
201º y 152º


ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2010-000325
ASUNTO : NP01-D-2010-000325
JUEZA: DILIA MENDOZA BELLO
SECRETARIA: ABG. DAUNIS MILLAN
SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA
SANCION: LIBERTAD ASISTIDA.
FICAL DECIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO: MIRIAM GARELLI
DEFENSORA PRIVADA: ABG. MILVIDA VILLARROEL.
DELITO: POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACINTES Y PSICOTROPICAS
RESOLUCION: REVISION DE MEDIDA LIBERTAD ASISTIDA

De conformidad con la función conferida por el Artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, este Tribunal procede a efectuar la Revisión de la Medida, que cumple el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, haciéndolo en los siguientes términos:
En fecha 20 de Octubre del 2010 fue sancionado por el Tribunal Segundo de Control de la sección Adolescente el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA quien fue sancionado a cumplir la Medida de LIBERTAD ASISTIDA prevista en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente, por un lapso de UN (01) AÑO, por la comisión del delito de Posesión de Sustancias de Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el Articulo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico y el Consumo de Sustancia de Estupefacientes y Psicotrópicas vigente para la época, en perjuicio del Estado Venezolano.-
En fecha 01 de Noviembre del 2010 se dicta auto de Ejecución y cómputo de la sanción y es impuesto en fecha 18 de Noviembre del 2010.
Por En Fecha 24 de mayo del 2011 este tribunal Revisó y mantuvo la MEDIDA LIBERTAD ASISTIDA. Se determinó que hasta ese día, IDENTIDAD OMITIDA había cumplido con la sanción por el lapso de SEIS (06) MESES Y SEIS (06) DIAS y le faltaba por cumplir CINCO (05) MESES Y VEINTICUATRO (24) DIAS.-
Por cuanto no cursa en autos Informe de Evaluación Conductual proveniente del Departamento de Servicio Social, quien preside este Tribunal realizó visita a esa oficina, siendo atendida por la Licenciada ERIKA LARA quien buscó y mostró las carpetas de control de entrevistas y manifestó: “el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, continúa presentándose regular y responsablemente, cumple con la medida Libertad Asistida.”
Este Tribunal Revisa y mantiene la Medida Libertad asistida al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, ha cumplido con la sanción por el lapso de NUEVE (09) MESES Y VEINTE (20) DIAS y le falta por cumplir DOS (02) MESES Y DIEZ (10) DIAS.-


DISPOSITIVA:

En virtud de todo lo antes expuesto este Juzgado Primero de Ejecución, Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: REVISA Y MANTIENE LA MEDIDA LIBERTAD ASISTIDA al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, Plenamente identificado, y, se determina que hasta el día de , ha cumplido con la sanción por el lapso de NUEVE (09) MESES Y VEINTE (20) DIAS y le falta por cumplir DOS (02) MESES Y DIEZ (10) DIAS.- Se fija la Próxima REVISIÓN para el día MARTES 29 de NOVIEMBRE DEL 2011.- Impóngase al sancionado. Notifíquese al Fiscal Décimo del Ministerio Público, y al Defensor Privado. Oficiar y remitir copia Certificada a la Trabajadora Social Adscrita a esta Sección de Adolescente. Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución,

ABG. DILIA MENDOZA BELLO
La Secretaria,

ABG. DAUNIS MILLAN EVARISTÉ