REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 20 de septiembre de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2011-002194
ASUNTO : NJ02-X-2011-000004


PONENTE: ABG. ANA NATERA VALERA

La presente decisión está referida a la Acción de Recusación propuesta por la ciudadana LISBETH ROJAS RODRIGUEZ, en su carácter de Fiscal Décima Quinta del Ministerio Público, con fundamento en los artículos 86 ordinal 6° del Código Orgánico Procesal Penal, contra la ciudadano Abogada LIGIA OLIVEROS VELASQUEZ, Juez Segundo de Primera Instancia en función de Control Audiencia y Medidas en materia de Violencia Contra la Mujer, del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas.

Remitidas como fueron a esta Corte de Apelaciones las citadas actuaciones procedentes de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal en fecha 11-08-2011, se designó Ponente a través del Sistema de Gestión, Decisión y Documentación Juris 2000, a la Juez Superior que con tal carácter suscribe el presente auto, habiéndole sido entregado el asunto en cuestión en fecha 16-09-2011; siendo hoy el segundo día hábil de despacho siguiente, y estando dentro oportunidad legal pautada por el Legislador en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal, para admitir o no la recusación a la cual se refiere la presente incidencia, luego de haber realizado el análisis debido al escrito recusatorio que nos ocupa, considera esta Alzada Colegiada que el mismo cumple a cabalidad con los requisitos exigidos en los artículos 92 y 93 ejusdem, a saber, fue interpuesto mediante escrito donde constan los alegatos de fundamentación de éste, dirigido al Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal -tribunal de origen del asunto principal-; desprendiéndose del contenido del escrito que, fueron indicados específicamente los puntos y los motivos de tal objeción, señalando en forma precisa las causales en las cuales (de acuerdo a su apreciación) se funda la recusación. En consecuencia, se estima ADMISIBLE, la recusación interpuesta por la ciudadana LISBETH ROJAS RODRIGUEZ, en su carácter de Fiscal Décima Quinta del Ministerio Público en el asunto principal Nº NP01-S-2011-002194; asimismo en relación a las pruebas testimoniales por ella promovida, se admiten los testimonios de los ciudadanos GABRIL LARA, ORLANDO JOSE CORONADO y YOMAIRA PALOMO señalados en el escrito de Recusación, por haber sido promovidos por la recusante en virtud de su necesidad y pertinencia para el esclarecimiento de los hechos denunciados. Y así se declara.

Como consecuencia del anterior pronunciamiento, y como quiera que en la incidencia promovieron pruebas; se ordena FIJAR para el día MARTES 04 DE OCTUBRE DE 2011, A LAS 10:00 HORAS DE LA MAÑANA, (fecha tomada de acuerdo a la disponibilidad de la Agenda llevada por secretaría de Corte), para que tenga lugar la audiencia oral, conforme a lo pautado en el primer aparte del artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal; donde serán evacuadas oralmente las pruebas planteadas en la presente incidencia que hoy se admite. Por lo cual deberán librarse las correspondientes boletas de notificaciones. Y así se establece.

En virtud de las declaratorias precedentemente establecidas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se emiten los siguientes pronunciamientos:

PRIMERO: Se ADMITE la RECUSACION interpuesta, por la ciudadana Lisbeth Rojas Rodríguez en su carácter de Fiscal Décima Quinta del Ministerio Público, contra la ciudadana Abogada LIGIA OLIVEROS VELASQUEZ Juez Segundo de Primera Instancia en función de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia Contra La Mujer de este Circuito Judicial Penal. Asimismo se admite el testimonio de los funcionarios señalados en el escrito de recusación como prueba por los recusantes; Gabriel Lara, Orlando José Coronado y Yomaira Palomo.

SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento, se FIJA el día MARTES 04 DE OCTUBRE DE 2011, A LAS 10:00 HORAS DE LA MAÑANA, para que tenga lugar la audiencia oral, para la reopción de las pruebas presentadas por la Fiscal Decima Quinta del Ministerio Público conforme a lo pautado en el primer aparte del artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal, donde serán evacuadas en presencia de las partes intervinientes, las pruebas planteadas en la presente incidencia que hoy se admite. Líbrense las correspondientes boletas de notificaciones.
Publíquese, regístrese, guárdese copia certificada y decídase en su oportunidad legal.


La Juez Superior Presidente,

ABG. DORIS MARÍA MARCANO GUZMÁN.

La Juez Superior, (Ponente)


ABG. ANA NATERA VALERA.


La Juez Superior,


ABG. MARIA YSABEL ROJAS GRAU.


La Secretaria,



ABG. MARIA GABRIELA BRITO MORENO
























DMMG/ MYRG/ANV/MGBM/Erika