Seguidamente y previa diligencia de la Apoderada Judicial de la parte actora, siendo las ONCE Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (11:30 a.m.), de fecha JUEVES VEINTE (20) de Octubre del dos mil once (2011), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para llevar a efecto la medida de Embargo Ejecutivo decretada por el Juzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el Juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA A CRÉDITO CON RESERVA DE DOMINIO, sigue la Sociedad Mercantil BANCO PROVINCIAL, S.A., BANCO UNIVERSAL, contra la ciudadana DAYBEL CAROLINA CABRERA PINEDA. Se trasladó y constituyó el tribunal en el sitio señalado por la Apoderadas Judiciales de la parte actora, Abogadas ANDREA APPING y MARIA JOSE JARAMILLO, debidamente inscritas en el Inpreabogado Nros. 129.503 y 138.353, específicamente en la sede de la Entidad Bancaria BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, ubicado en la calle 72 del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Seguidamente y una vez presente el tribunal en el sitio señalado, se procedió a notificar a la ciudadana IRMA THAIS VILLASMIL VALBUENA, titular de la Cédula de Identidad Número V-12.305.823, con el carácter de GERENTE del banco donde se encuentra constituido este Tribunal y quien una vez impuesto del motivo de la presencia del Tribunal, le fue requerida la Cuenta Corriente N° 01160113810006477089 a fin de que informe a este Tribunal sobre el titular de dicha cuenta y el saldo disponible para el momento de la presencia del Tribunal a lo cual contestó: “Dicha Cuenta se encuentra activa y pertenece a la ciudadana DAYBEL CAROLINA CABRERA PINEDA, pero la cual no cuenta con saldo disponible”. En este estado presente las Apoderadas Judiciales de la parte actora exponen: “Por cuanto la cuenta señalada no cuenta con cantidades de dinero me reservo el derecho de seguir señalando bienes propiedad de la demandada”. Vista la exposición este Tribunal procede a retirarse del sitio donde se encuentra constituido y acuerda retornar a su lugar de origen”. Siendo las ONCE Y CINCUENTA DE LA MAÑANA (11:50 am.) se cierra la presente acta. Terminó, se leyó y conformes firman.- Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ :
LA NOTIFICADA:
ABOG. GUILLERMO INFANTE
LAS APODERADAS JUDICIALES
DE LA PARTE ACTORA
LA SECRETARIA (T):
COMISION No. 5068-11
Exp. 2.511-11.
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