REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCIA, TUBORES, VIILLALBA Y PENINSULA DE MACANAO

República Bolivariana de Venezuela

Juzgado Tercero de los Municipios Mariño, García, Tubores,
Villalba y Península de Macanao.
Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta

Porlamar, 28 de Octubre de 2011.-
201º y 152°
El presente juicio de NULIDAD DE ASAMBLEA se inició por La Sociedad Mercantil LOS GERANEOS C.A debidamente inscrita en el Registro Mercantil Segundo del Distrito Federal y estado Miranda, en fecha 07 de Octubre de 1986, bajo el N° 17, Tomo 4-A, contra La Junta de Condominio del Edificio ATENEA SUITES RESORT de fecha 27 de Febrero del año 2009, el Tribunal observa que la ultima actuación de las partes en el presente juicio data del (03-11-2009).---
Seguidamente, por ser la perención de la instancia una institución de orden público que puede ser declarada por el Tribunal aún de oficio, tal como lo establece el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia para verificar efectivamente en el presente proceso si ha operado la misma y lo hace de la siguiente forma:--------------------------------------------------------------
Consta que en fecha 03-11-2009, la parte actora consigno una diligencia en el presente expediente y que desde esa fecha hasta el día de hoy, ha transcurrido más de un (01) año sin que las partes impulsaran el proceso en cuestión.--------------------------------------------------------------------------------
Por consiguiente y por cuanto habiendo transcurrido más de un (1) año desde la última actuación, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 1ro. del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, resulta forzoso para este Tribunal, declarar de oficio la PERENCIÓN de la instancia y así se decide.--------------------------------------------------------------------------------------------
Se ordena suspender la medida decreta de fecha 09 de Junio de 2009 dictada por este Tribunal .-----
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del presente fallo.------------------------------------
Decisión que se toma administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
EL JUEZ TITULAR,
Dr. ALBERTO RAUSSEO VALDERRAMA
LA SECRETARIA,

Abg. WINIFRED FRENDIN
ARV-wf-lmg.-
CAUSA Nº 1320-09.
Interlocutoria/perención