REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 31 de octubre de 2011
200º y 152º
Vista la diligencia de fecha 13 de octubre 2011, suscrita por el abogado FREDDY RANGEL RODRÍGUEZ, con Inpreabogado N° 80.557, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, en la cual solicita que se corrija el auto de admisión de fecha 28-9-11; este Tribunal le aclara a la parte que dicha empresa presta un servicio privado de interés público en virtud de la licencia de explotación de transporte marítimo de carácter social de personas o bienes otorgado por el Estado. Así las cosas, por ser ésta una demanda que obra contra intereses patrimoniales de la República; es por lo que, se Niega la corrección solicitada, en atención a lo establecido en el artículo 96 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Y así se decide.-