REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta
 
Sección  Adolescente
 
La Asunción, 20 de Octubre de 2011
 
201º y 152º
 
 
 
ASUNTO PRINCIPAL 	: OP01-D-2011-000106
 
ASUNTO 			: OP01-D-2011-000106
 
AUTO DE UBICACIÓN DE ADOLESCENTE
 
 
Visto que para el día 2718 de octubre de  2011, se encontraba fijada audiencia de imposición  de auto de ejecución,  del sancionado IDENTIDAD OMITIDA, la cual fuera diferida por su incomparecencia, a pesar de haber sido debidamente notificado  tal como se evidencia de boletas de notificación y sus consignaciones al vuelto de las mismas, a los folios 130, 116, 111, y 106,  es por lo que este Tribunal de Ejecución observa que no ha podido ser impuesto del auto de Ejecución con las sanciones de REGLAS DE CONDUCTA, de conformidad con el articulo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, consistente en¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬ estudiar o trabajar y presentar la debida constancia que así lo acredite ante el Tribunal de Ejecución de esta sección de adolescentes, sanción que deberá ser cumplida por el lapso de SEIS (06) MESES,  por la comisión del delito de ROBO ARREBATON EN GRADO DE COMPLICIDAD, Se observa que a los efectos de la prosecución del proceso debe procederse conforme lo establece el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, según el cual se ordena la ubicación del adolescente, en primer orden, a los fines de imponerlo del auto de Ejecución de Sentencia recaída en contra de su persona, en consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución de la Sección Adolescentes, en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, acuerda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente: declarar en REBELDÍA AL ADOLESCENTE, IDENTIDAD OMITIDA Y ORDENA SU UBICACIÓN INMEDIATA por intermedio de Órgano Policial para que comparezca el día  8  de NOVIEMBRE de 2011, a las 10:00 AM, a fin de imponerlo de la sentencia para lo cual se fija la audiencia de imposición para el día señalado, fecha para la cual deben constar las resultas de la comisión que se ordena comisionar a Instituto Neoespartano de Policía del estado Nueva Esparta, para que a través de ese órgano policial se ubique al mencionado adolescente y lo haga comparecer ante este Tribunal, para el día en mención, haciéndole saber al órgano comisionado que la presenta citación no implica su detención. Ofíciese. Líbrense las correspondientes boletas de notificación a las partes. Diarícese. Cúmplase.
 
LA JUEZ DE EJECUCION 
 
 
Dra. Isabel Asunta Pannaci 
 
LA SECRETARIA 
 
 
ABG. VIOLETA RODRIGUEZ DUARTE 
 
 
 
	En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-
 
 
 
LA SECRETARIA 
 
 
 
ABG. VIOLETA RODRIGUEZ DUARTE 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 |