REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, veintiséis (26) de octubre de 2011
201° y 152°

De la revisión efectuada a las actas procesales que conforman el presente expediente, este Jurisdicente observa que en fecha 13 de mayo de 2011, el ciudadano Leandro Baldomero Rondón, titular de la cédula de identidad Nº V-8.451.179, asistido por el abogado LUIS MIGUEL ROJAS, inscrito en el Inpreabogado, bajo el Nº 55.280, en su condición de DEFENSOR PÚBLICO PRIMERO AGRARIO, presento escrito por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, contentivo de solicitud de TÍTULO SUPLETORIO (AGRARIO), sobre unas bienhechurías (casa) construidas con dinero de su propio peculio, que se encuentran enclavadas en el lote de terreno ubicado en la vía que conduce a la Aguada, Sector el Chorro, Municipios Arimendi y García del Estado Nueva Esparta, con una superficie Siete mil Doscientos Ochenta Metros Cuadrados (7.280 mts2), cuyos linderos son los siguientes, Norte: Río El Chorro; Sur: Cerro La Pepita; Este: Terreno que es o fue de Lencho García; y Oeste:Terreno que es o fue de Eusebio Vásquez, que corre inserto a los folios uno y dos del presente expediente, acompañando con su solicitud un copia fotostática contentiva de una Declaratoria de Garantía de Permanencia emanada del Directorio del Instituto Nacional de Tierras (INTI), aprobada en Sesión Nº Ext. 49/07, Punto de Cuenta Nº 233, de fecha 17 de mayo de 2007, otorgada al precitado ciudadano sobre un lote de terreno ubicado en la vía que conduce a la Aguada, Sector el Chorro, Municipios Arimendi y García del Estado Nueva Esparta, con una superficie Siete mil Doscientos Ochenta Metros Cuadrados (7.280 mts2), cuyos linderos son los siguientes, Norte: Río El Chorro; Sur: Cerro La Pepita; Este: Terreno que es o fue de Lencho García; y Oeste:Terreno que es o fue de Eusebio Vásquez, que corre inserta a los folios cuatro al catorce del expediente Nº A-24478-11, de la nomenclatura de este Tribunal Agrario.

En tal sentido, este Sentenciador antes de pronunciarse sobre la respectiva solicitud, considera necesario verificar si la Declaratoria de Garantía de Permanencia de fecha 17 de mayo de 2007, continua vigente o no, y si el lote terreno es público o privado, por lo cual, ordena oficiar a la Oficina Regional de Tierras del Estado Nueva Esparta, para que suministre información sobre ese particular a este Tribunal Agrario. En este mismo orden de ideas, este Juzgador ordena que se practique de oficio una Inspección judicial en el mencionado predio, asistido por un experto, para el día jueves 3 de noviembre del año en curso, a las 9:00, a.m., de conformidad con lo establecido en el artículo 472 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de que se deje constancia de los siguientes particulares: PRIMERO: Si el lote de terreno ubicado en la vía que conduce a la Aguada, Sector el Chorro, Municipios Arimendi y García del Estado Nueva Esparta, tiene vocación agrícola; SEGUNDO: Si en dicho predio se están realizando actividades agrícolas; De ser afirmativo especificar en que consisten las mismas; TERCERO: Si existen bienhechurias o mejoras enclavadas en el referido predio; En caso ser afirmativa describir sus características y condiciones actuales de las mismas; CUARTO: Que persona o personas habitan en el predio; De ser afirmativo señalar el nombre, apellido, cédula de identidad, sexo y edad, de dichas personas; y QUINTO: El Tribunal se reserva señalar cualquier otro u otros particulares para el momento de practicar la inspección judicial. Así mismo este Tribunal designará un experto fotógrafo a los fines de que lo acompañe el día de la inspección judicial y consigne un informe fotográfico sobre lo observado durante la misma. Líbrese el oficio respectivo. Cúmplase.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, a los veintiséis (26) días del mes de octubre del año dos mil once (2011). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO,

ABG. JORGE HUERTA POLIDOR

EL SECRETARIO,

ABG. MILTON REYES
En la misma fecha, siendo la una de la tarde (01:00 p.m.), se registró y publicó el anterior fallo.
EXP. A-24478-11
JHP/MR/mr

EL SECRETARIO,

ABG. MILTON REYES