REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, tres de octubre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO : OP02-V-2011-000198
PARTES: ZULEIDY AGUILERA venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-15.089.310, contra el ciudadano FRANCISCO ALBERTO PINO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- 10.221.899.
MOTIVO: FILIACION (Desistimiento)
BENEFICIARIO: (Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA), de nueve (09) años de edad.
En el día de hoy 03-10-2011 siendo las 9:30 de la mañana, se constituye el Tribunal para que tenga lugar la Fase de Sustanciación de la Audiencia Preliminar a la que se contrae el articulo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con ocasión a la demanda de FILIACIÓN, incoada por la ciudadana ZULEIDY AGUILERA venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-15.089.310 contra el ciudadano FRANCISCO ALBERTO PINO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- 10.221.899. Anunciado dicho acto a las puertas del Circuito Judicial de Protección, por el Alguacil MANUEL CARRILLO se hace el llamado a las partes, no acudiendo al llamado, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial ninguna de las partes, evidenciándose la no comparecencia a la audiencia acordada para el día de hoy. Se deja constancia que solo en encuentra presente el Defensor Público DIOGENES CARREÑO. En virtud de la incomparecencia de la demandante ZULEIDY AGUILERA venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-15.089.310, a la celebración de la audiencia, sin que se justificara su inasistencia, este tribunal acuerda declarar: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, incoado por la ciudadana ZULEIDY AGUILERA venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-15.089.310, contra el ciudadano FRANCISCO ALBERTO PINO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- 10.221.899. y TERMINADO éste mediante Decisión Oral reducida a un Acta, la cual debe ser publicada en este mismo día, según lo consagrado a lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la normativa que regula la materia, se les hace saber a las partes que transcurrido un mes, podrán intentar nuevamente su solicitud. TERCERO: Devuélvase originales a las partes, previa su certificación en autos por Secretaría. Es todo, se terminó, se leyó y conformes firman:
La Jueza
Liz Verónica López M.
El Defensor Público
La Secretaria
Abg. Maria Millán
No hay condenatoria en costas. Publíquese y Regístrese
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal QUINTO de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en la Asunción, a los tres (03) días del mes de Octubre del año 2011. Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Jueza
Liz Verónica López M
La Secretaria
Abg. Maria Millán
En la misma fecha, siendo las 10: 15 am se agrega a las actas la presente sentencia. Conste.
La Secretaria
Abg Maria Millán.
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