ASUNTO : VP02-S-2009-000264
RESOLUCION Nº.-1676-11

Se recibió procedente de la FISCALIA SEGUNDA del Ministerio Público ARCHIVO FISCAL de la causa instruida en contra del ciudadano: RIGOBERTO NAVA sin más datos de identificación. Désele entrada y agréguese a la causa. Este Tribunal decide sobre la solicitud fiscal en los términos siguientes:

Visto el escrito presentado por la FISCALÍA SEGUNDA del Ministerio Publico, mediante el cual en fecha 28 de Abril de 2009, decreto el ARCHIVO FISCAL, de conformidad con lo establecido en el articulo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, de la investigación instruida en contra del ciudadano: RIGOBERTO NAVA sin más datos de identificación, por la presunta comisión de los delitos de: VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZA previstos y sancionados en los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana: ANA MARIA BRACHO VERA titular de la cédula de identidad Nº V.-11.863.453, este Tribunal observa que el Representante del Ministerio Público, es el único órgano a quien le compete dictar dicho acto conclusivo conforme a la norma adjetiva citada, y en concordancia con el artículo 11 Ejusdem, cuando el resultado de la investigación resulte insuficiente para acusar y sin perjuicio de la reapertura cuando aparezcan nuevos elementos de convicción. Observándose que para el asunto de marras, se cumplieron con los requisitos legales, y tomando en consideración que en los hechos investigados no se afecta el patrimonio del Estado Venezolano, ni intereses colectivo y difusos, no deberá remitirse al Fiscal Superior correspondiente a los efectos del parágrafo único del artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal. En razón de lo cual esta Juzgadora ACUERDA EL ARCHIVO FISCAL y el CESE DE TODA MEDIDA DECRETADA EN CONTRA DEL CIUDADANO: RIGOBERTO NAVA SIN MAS DATOS DE IDENTIFICACION. EN RAZON DE LA PRESENTE CAUSA.- ASI SE DECLARA.-

DECISION

Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EL ARCHIVO FISCAL de la investigación instruida en contra del ciudadano RIGOBERTO NAVA SIN MAS DATOS DE IDENTIFICACION, por la presunta comisión de los delitos de: VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZA previstos y sancionados en los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana: ANA MARIA BRACHO VERA titular de la cédula de identidad Nº V.-11.863.453, Y EL CESE DE TODAS LAS MEDIDAS que hubieren sido decretadas en su contra en razón de la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, y la remisión de las presentes actuaciones a la FISCALIA SEGUNDA del Ministerio Publico. Regístrese la presente decisión, Publíquese y Notifíquese a las partes.
LA JUEZA SEGUNDA EN FUNCIONES DE CONTROL,


DRA. ROSARIO CHACON DE GUERRERO.

LA SECRETARIA,


ABG. ZOA SERRADA



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