REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DÉCIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
MARACAIBO, VEINTISEIS (26) DE OCTUBRE DE DOS MIL ONCE.
201º Y 152º

ASUNTO: VP01-L-2009-002419
Visto que en el día de hoy, veintiséis (26) de octubre de 2011, por acto de distribución publica de las audiencias preliminares, la presente causa, correspondió al conocimiento de este Tribunal; se realiza cambio de ponencia, este Tribunal para resolver observa: Que la demandada de auto, tiene su domicilio principal en el Estado Lara, a la cual no se le otorgo el terminó de distancia, por consiguiente se deja sin efecto la certificación de la causa, de fecha diez (10) de octubre del 20011, se ordena notificar a la Junta Liquidadora de la empresa CVA LACTEOS S.A., en la Avenida Libertador, Edificio CVA, piso 3, Oficina de Presidencia, Zona Industrial, Barquisimeto, Estado Lara; otorgándole el termino de distancia, y al Procurador General de la Republica, para que tenga lugar la audiencia preliminar, previo sorteo de la causa. Se acuerda exhortar.
LA JUEZ

ABOG. ANA AVILA AÑEZ.
LA SECRETARIA,