REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín , 11 de Octubre de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2011-010563
ASUNTO : NP01-P-2011-010563


Por cuanto en fecha Siete ((07) del Mes de Octubre del año 2011, se celebró la Audiencia Preliminar en el presente asunto y se ordenó la Apertura al Juicio Oral y Público, seguido al acusado: LUIS JESUS CAMPOS ROMERO, es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, se dicta el auto de apertura a Juicio el cual contiene:

Identificación de los Acusados

LUIS JESUS CAMPOS ROMERO, Venezolano, de 27 años de edad, por haber nacido en fecha 06/06/1984, Estado Civil: Soltero, Hijo de Ana Cecilia Romero (F) y de Luís Beltrán Campos (V), de profesión u oficio Estudiante, Natural de Maturín, Estado Monagas, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.481.663, domiciliado Sabana Grande, sector 4, carrera 3, casa N° 07.


DE LOS HECHOS Y MOTIVOS EN RELACIÓN AL ACUSADO

“ En fecha 07 de junio de 2011, aproximadamente a las 11:20 horas de la mañana los funcionarios Cabo Primero Nelson Martínez, Distinguido Nelson García adscritos al departamento de Inteligencia Gubernamental de la dirección General de la Policía del estado Monagas, se encontraban realizando labores de inteligencia por la calle apamate del sector de pinto salinas, cuando avistamos a la ciudadana LUDUVINA DEL VALLE GARCIA, quien llevaba en sus manos un monedero y una bolsa de color blanca transparente, dicha ciudadana al notar el vehiculo acelero el paso parándose al frente de una residencia en donde trato de abrir la reja principal, siendo esa conducta sospechosa para los funcionarios quienes inmediatamente procedieron a darle la voz de alto, logrando la ciudadana abrir la reja introduciéndose en un pasillo, siendo sujetada por uno de los funcionarios logrando sacarla nuevamente hacia la parte posterior del inmueble, solicitándole quien hiciera entrega de los objetivos que llevaba en su poder, haciéndole entrega de una bolsa plástica color blanca transparente, contentiva de veintinueve (29), envoltorios tamaño pequeño, en cuyo interior se encontraba una sustancia sólida de color amarillenta , de olor fuerte presuntamente de la droga denominada crack, de igual forma se le incauto un monedero color marrón que poseía en la mano derecha en cuyo interior se encontraba una bolsa plástica de color blanca transparente, contentiva de 32 envoltorios, pequeños confeccionados en papel aluminio que al destaparlos contenían una sustancia sólida de color amarillento presuntamente droga de la denominada crack , así como ochenta (80) bolívares en billetes de distintas denominaciones, procediendo a su aprehensión siendo las 11:50 horas de la mañana, cabe destacar que practicada la experticia Química Botánica correspondiente, la sustancia incautada resulto ser : 1.- 55 gramos con 900 miligramos de cocaína base topo crack; 2.- 5 g con 300 mg, de cocaína base tipo crack, .” En este sentido ratificó los fundamentos de la acusación, la calificación jurídica dada a los hechos imputados, siendo estos: la presunta comisión del delito de, DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN CANTIDADES MENORES, Previsto y sancionado en el articulo 149, de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, referidos en el escrito de acusación”.

Admisión del Escrito Acusatorio y Calificación Jurídica

De conformidad con el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal se admite totalmente la acusación la acusación presentada por la Fiscalía Sexta del Ministerio Público del estado Monagas, ABG. FRANCIA CARABALLO, contra el ciudadano LUIS JESUS CAMPOS ROMERO, Venezolano, de 27 años de edad, por haber nacido en fecha 06/06/1984, Estado Civil: Soltero, Hijo de Ana Cecilia Romero (F) y de Luís Beltrán Campos (V), de profesión u oficio Estudiante, Natural de Maturín, Estado Monagas, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.481.663, domiciliado Sabana Grande, sector 4, carrera 3, casa N° 07. , por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN CANTIDADES MENORES, Previsto y sancionado en el articulo 149, de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, por cumplir tanto la acusación Fiscal con los requisitos previstos en el artículo del artículo 326 numerales 2, 3, 4 y 5 eiusdem, es decir contiene una relación clara y precisa y circunstanciada de los hechos que encuadran la presunta conducta objetiva en los delitos antes descritos. Se admite la calificación jurídica dada a los hechos, por la representación Fiscal.


Pruebas Admitidas

Se admiten totalmente los medios de pruebas ofrecidos por la VINDICTA PÚBLICA, por ser legales, lícitos, necesarios y pertinentes para la celebración del juicio oral y público, de conformidad con lo establecido en los de conformidad con lo establecido en los artículos 330 numeral 9º; 242, 354, 355, 356 y 358, en relación con los artículos 22, 197,198 y 199 todos del Código Orgánico Procesal Penal; así mismo se admiten las pruebas presentada por el Defensor Privado Abg. Franklin Rivero , por cuanto a pesar de no haber promovido pruebas los mismos declararon en la Fiscalía del Ministerio Público, dichos testigos son los ciudadanos CAMPOS ROMERO WILLIAM ANTONIO, RUSSEL CHIRINO YOSIBEL DE LOS ANGELES y CHIRINOS OCTAVIA MARÍA , señaladas en su escrito de descargo de fecha 27 del Mes de Julio del año 2011, la cual corre inserto a los folios 17 al 29 de la segunda pieza denominada Fase Intermedia, igualmente este tribunal le cede el derecho de uso al defensor Público de adherirse a las Pruebas ofrecidas por la representación fiscal, en virtud del principio de la comunidad de las pruebas.


Orden de Abrir el Juicio Oral y Público


Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, admitiendo en consecuencia la calificación jurídica dada por parte de la Fiscal del Ministerio Público, contra el ciudadano acusado LUIS JESUS CAMPOS ROMERO, Venezolano, de 27 años de edad, por haber nacido en fecha 06/06/1984, Estado Civil: Soltero, Hijo de Ana Cecilia Romero (F) y de Luís Beltran Campos (V), de profesión u oficio Estudiante, Natural de Maturín, Estado Monagas, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.481.663, domiciliado Sabana Grande, sector 4, carrera 3, casa N° 07, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN CANTIDADES MENORES, Previsto y sancionado en el articulo 149, de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO . Y así se decide. Se acuerdan las copias simples solicitadas




Emplazamiento a las partes

Se emplazo a las partes para que un plazo común de cinco (5) días concurran ante el tribunal de Juicio que ha de conocer el presente asunto. Se acuerdan las copias simples solicitadas por la defensa privada.

Instrucción al Secretario

Se instruyo a la Secretaria de Sala a remitir las actuaciones correspondientes a la Fase Preparatoria a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de este Estado y las actuaciones correspondientes a la Fase Intermedia a la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que sea distribuido al Tribunal de Juicio Correspondiente, en la oportunidad de Legal.

El Juez


ABG. LARRY JOSÉ ZULETA

El Secretario