REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, catorce (14) de octubre de dos mil once (2011)
201º y 152º
HOMOLOGACION DE TRANSACCION.
ASUNTO : VP01-L-2011-000871
PARTE ACTORA: OMAR PARRA, titular de la cédula de identidad: 12.873.254.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil JACKS WELNDING SERVICES, C.A.
MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
Revisada como ha sido la transacción presentada en fecha 13 del presente mes y año; suscrita por el ciudadano OMAR PARRA, asistido por el abogado en ejercicio RAMON SILVA; y por el abogado ALBERTO BRACHO, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, Sociedad Mercantil JACKS WELNDING SERVICES, C.A.; todos amplia y suficientemente identificados en autos. Este Tribunal, una vez analizados los términos en los cuales fue redactada la transacción, observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, es por lo que, éste Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada, declara terminado el proceso y ordena archivar definitivamente el expediente. Así se decide.
Asimismo, se ordena agregar al expediente las pruebas consignadas por las partes, al inicio de la audiencia preliminar; y expedir las copias certificadas solicitadas en acta de transacción.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez
Mgs. Judith del Carmen Castro. La Secretaria.
JC/jc
Abog. Joselyn Urdaneta.
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