REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, trece (13) de octubre de dos mil once (2011)
201º y 152º

HOMOLOGACION DE TRANSACCION.

ASUNTO : VP01-L-2011-001556
PARTE ACTORA: JESUS ROBERTO SALAZAR RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad: 9.740.514.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil SAINT DE VENEZUELA C.A.
MOTIVO: Prestaciones Sociales.


Revisada como ha sido la transacción presentada en fecha 06 del presente mes y año; suscrita por el abogado en ejercicio ALBERTO RODRIGUEZ, en su carácter de apoderado de la empresa demandada Sociedad Mercantil SAINT DE VENEZUELA C.A.; y por el ciudadano JESUS SALAZAR, asistido por la abogada en ejercicio NANCY FERRER; todos amplia y suficientemente identificados en autos. Este Tribunal, una vez analizados los términos en los cuales fue redactada la transacción, observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, es por lo que, éste Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada, declara terminado el proceso y ordena archivar definitivamente el expediente. Así se decide.

Asimismo, se ordena entregar a las partes, las pruebas consignadas al inicio de la audiencia preliminar, por lo que deben pasar por ante este despacho a retirar dichas pruebas, dentro de los 05 días de despacho, siguientes a la presente fecha. Es todo.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.

La Juez



Mgs. Judith del Carmen Castro. La Secretaria.

JC/jc
Abog. Joselyn Urdaneta.