ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2011-002175
PARTE ACTORA: BENITA HERNANDEZ
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: Luís Lamus
PARTE DEMANDADA: FB COMERCIAL, S.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Francisco Barreto y Maria Pacheco
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy,31 de Octubre de 2011, siendo las 10:17 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos BENITA HERNANDEZ y FB COMERCIAL, S.A. en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la parte demandada ofrece la cantidad de veintiséis mil Bolívares (Bs.f. 26.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar los cuales le serán entregados a la ciudadana extrabajadora de la siguiente manera: todos los pagos por ante el tribunal a las 11:00 a.m. en las siguientes fechas y con los siguientes montos; para el día martes quince (15) de Noviembre de 2011 la cantidad de cuatro mil Bolívares fuertes ( Bs.f 4.000,00) para el día martes 29 de Noviembre de 2011 la cantidad de cuatro mil Bolívares (Bs.F. 4.000,00) para el día jueves 15 de Diciembre de 2011 la cantidad de cuatro mil Bolívares fuertes (B s.F. 4.000,00) para el día viernes 30 de Diciembre de 2011 la cantidad de cuatro mil Bolívares fuertes (Bs.F. 4.000,00) para el día lunes 30 de Enero de 2012 la cantidad de cuatro mil Bolívares fuertes (Bs.F. 4.000,00) para el día miércoles 16 de Febrero de 2012 la cantidad de cuatro mil Bolívares fuertes (Bs.F. 4.000,00) y para completar lo ofrecido y aceptado la cantidad de dos mil Bolívares fuertes (Bs.F. 2.000,00) para el día martes 28 de Febrero de 2012. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre pde presión y con la asistencia legal correspondiente. . Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes.


El Juez

La Secretaria

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes