ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2011-001670
PARTE ACTORA: ANA KARINA BRACHO PEROZO
APODERADAS DE LA PARTE ACTORA: ROCIO PEREA, EDITH NARVÁEZ CASTILLO
PARTE DEMANDADA: CERRAJERIA EL CANDADO C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: José Castro
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy,11 de Octubre de 2011, siendo las 10:23 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos ANA KARINA BRACHO PEROZO y CERRAJERIA EL CANDADO C.A. en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la parte demandada ofrece la cantidad de siete mil Bolívares fuertes (Bs.F. 7.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar los cuales le serán entregados a la ciudadana extrabajadora el día martes 25 de Octubre de 2011 a las 11:00 a.m. En este estado las apoderadas actoras aceptaron lo ofrecido libre de presión y con facultades para tal fin. . Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes.


El Juez

La Secretaria

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes