REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de La Circunscripción Judicial del Estado Zulia Extensión Cabimas
Cabimas, Once (11) de Octubre de Dos Mil Once (2011)
201º y 152º

ASUNTO: VP21-L-2011-000314

Parte Actora: CARLOS LUIS CHIRINOS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-13.362.457 domiciliado en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia.-
Abogados Apoderadas
De la parte actora.-

ALIRIO SEGUNDO HERNANDEZ GOMEZ, RUTH HERNANDEZ y ANGEL CHAVEZ, Abogados en ejercicio , inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 70088, 120819 y 18746 respectivamente.
Parte Demandada:
INVERSIONES Y SISTEMA DE SEGURIDAD,CA , domiciliado en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia.-
Abogados Apoderados
De la parte Demandada
EGAR ROMERO RINCON y BEATRIZ CAROLINA PEREZ SALAS, venezolanos, mayores de edad, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo el No. 9170 Y 34590 respectivamente.



Motivo: Cobro de prestaciones sociales y otros concepto laborales.

SENTENCIA HOMOLOGACION DE DESESTIMIENTO
DEL PROCEDIMIENTO.


En Fecha 28-04-11 fue admitida por este Juzgado de Sustanciación, Mediación y ejecución la presente demanda intentada por el Ciudadano CARLOS LUIS CHIRINOS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-13.362.457 domiciliado en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, contra la empresa INVERSIONES Y SISTEMA DE SEGURIDAD,CA , domiciliado en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales. En fecha Once (11) de Octubre de Dos Mil Once (2011) , siendo las 09:00 a.m, tuvo lugar la apertura de la Audiencia Preliminar, compareciendo los apoderados judiciales de la parte actora Ciudadano CARLOS LUIS CHIRINOS, los abogados en ejercicio ALIRIO SEGUNDO HERNANDEZ GOMEZ y ANGEL CHAVEZ , asi como también compareció los abogado en ejercicio EGAR ROMERO RINCON y BEATRIZ CAROLINA PEREZ SALAS en su condición de apoderado judicial de la parte demandada INVERSIONES Y SISTEMA DE SEGURIDAD, CA. ,. Se dio así inicio a la audiencia constituyendise este Tribunal bajo la dirección del ciudadano Juez Abog. Jairo Silva Ruiz. Acto seguido ambas partes en dicha Audiencia, realizando cada una de sus exposiciones . Seguidamente solicito el derecho de palabra los apoderados judiciales de la parte actora, quienes manifestaron que por cuanto el Trabajador ha recibido en su totalidad el importe de las prestaciones sociales y otros conceptos venimos en este acto a desistir del presente procedimiento. En este esto se le concedió el derecho de palabra a los apoderados de la parte demandada quienes expusieron que aceptan el desistiendo del procedimiento hecho por la parte actora y consignan en este acto constante de 04 folios útiles finiquito de la liquidación de sus represtaciones sociales y otros conceptos recibidos por el trabajador con fecha 04-04-11 , lo que en efecto evidencia que el trabajador recibió sus prestaciones sociales y otros conceptos. El Tribunal visto lo expuesto por las partes es por lo que este Tribunal HOMOLOGA EL DESESTIMIENTO DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO HECHO POR LA PARTE ACTORA ,y en consecuencia le da el carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del presente expediente . En consecuencia se declara: DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCESO.

Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:


PRIMERO: HOMOLOGA EL DESESTIMIENTO HECHO POR LA PARTE ACTORA EN ESTA CAUSA , Y EN CONSECUENCIA DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO interpuesto por el ciudadano CARLOS LUIS CHIRINOS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-13.362.457 domiciliado en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, contra la Empresa INVERSIONES Y SISTEMA DE SEGURIDAD,CA , domiciliado en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales.

SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.

Se ordena expedir copia certificada de este Sentencia por Secretaría a los fines previstos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil y Ordinales 3ero y 9º del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial vigente.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, Y DEJESE COPIA CERTIFÍCADA.

Dada, sellada y firmada en la sala de Despacho del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Once (11) de Octubre de Dos Mil Once (2011) . Siendo las 12:50 p.m. AÑOS: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.





DIOS Y FEDERACION


Abg JAIRO SILVA
JUEZ 2 ° S.M.E





Abg. JANETH RIVAS DE ZULETA
SECRETARIA





J SR/jsr.