REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 4

EXPEDIENTE: 04481
SOLICITUD: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTE: FERNANDO JOSE NAVA SANTANA
ADOLESCENTE: (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD)


PARTE NARRATIVA

Ocurrió por ante el órgano distribuidor del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el ciudadano FERNANDO JOSE NAVA SANTANA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.822.772, asistido por el abogado LUIS EUGENIO GONZALEZ GONZALEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 56.748; solicitando se le declare en su condición de cónyuge, a la adolescente (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD) y a los ciudadanos FERNANDO JOSE NAVA FERRER, RENIER JOSE NAVA FERRER, en su condición de hijos como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante MARITZA MALLELA FERRER DE NAVA, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.733.322, fallecida ab-intestato el día 15 de agosto de 2005.

Recibida la anterior solicitud, se le dio entrada y curso de Ley a la misma, se acordó la notificación del Fiscal del Ministerio Público, la cual se llevo a efecto en fecha 04 de noviembre de 2011; y oir la opinión de la adolescente (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD); quien ejerció su derecho a opinar y ser oído en fecha 26 de octubre de 2011.

PARTE MOTIVA
El solicitante consignó copia certificada del acta de defunción de la causante signada con el N° 154 emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Cecilio Acosta Municipio Maracaibo Estado Zulia; copia certificada del acta de nacimiento de la adolescente (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD), signada con el N° 1773 emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Cristo de Aranza Municipio Maracaibo del Estado Zulia; copia certificada del acta de nacimiento de los ciudadanos FERNANDOJOSE NAVA FERRER, signada con el N° 1745 emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Cristo de Aranza Municipio Maracaibo del Estado Zulia; RENIER JOSE NAVA FERRER, signada con el N° 2566 emanada de la Jefatura Civil de la parroquia Cristo de Aranza Municipio Maracaibo del Estado Zulia; copia certificada del acta de matrimonio entre el ciudadano Fernando José Nava y la causante signada con el N° 553 emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Tales pruebas se valoran favorablemente pues merecen fe pública, no han sido objeto de tacha de falsedad y demuestran la filiación, así como el fallecimiento de la causante.

Igualmente consignó el solicitante Justificativo de Testigos evacuado por ante la Notaría Pública Séptima de Maracaibo, donde declararon los ciudadanos MARITZA CHIQUINQUIRA MONTIEL RIVAS, YELITZA COROMOTO VILLALOBOS MILLAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-7.766.014, V-12.099.512 respectivamente; tal prueba testifical se aprecia en todo su valor probatorio, puesto que los testigos afirman de manera conteste la existencia de la vocación hereditaria alegada por la solicitante.

En consecuencia, se concluye en la veracidad de los hechos alegados; por la cuál este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 4, debe declarar a la adolescente (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD) y a los ciudadanos FERNANDO JOSE NAVA SANTANA, FERNANDO JOSE NAVA FERRER y RENIER JOSE NAVA FERRER como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante MARITZA MALLELA FERRER DE NAVA. ASI SE DECLARA.-

PARTE DISPOSITIVA
DECISION
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara a la adolescente (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD) y a los ciudadanos FERNANDO JOSE NAVA SANTANA, FERNANDO JOSE NAVA FERRER y RENIER JOSE NAVA FERRER como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante MARITZA MALLELA FERRER DE NAVA; quién falleció en jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, según acta de defunción consignada.

Se dejan a salvo los derechos a terceros.
Expídase copia certificada por secretaría del presente fallo y devuélvase sus originales a la parte interesada.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 4 del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, a los 08 días del mes de noviembre de 2011. Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
EL JUEZ UNIPERSONAL N° 4 LA SECRETARIA

ABOG. MARLON BARRETO RIOS ABOG. LORENA RINCON PINEDA

EN ESTA MISMA FECHA SE REGISTRO LA ANTERIOR RESOLUCION EN EL LIBRO DE SENTENCIAS DEFINITIVAS LLEVADO POR ESTE TRIBUNAL EN EL PRESENTE MES Y AÑO BAJO EL N° 32. LA SECRETARIA.-
MBR/Natalia
Exp.4481