EXP-4432 Sent- 11.304

JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-

Maracaibo, 15 de noviembre de 2011
201° y 152°

Por cuanto este Órgano Jurisdiccional, observa que en el folio dieciocho (18) de la presente solicitud, se encuentra agregada la copia certificada del acta de Nacimiento del de-cujus, dando así cumplimiento a lo ordenado por este Órgano Jurisdiccional en el auto de fecha 31-10-2011, se admite la presente solicitud cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, en virtud de la entrada en vigencia de la Resolución No. 2009-0006, de fecha 18-03-09, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial No. 39.152, de fecha 02-04-09, es competente este órgano jurisdiccional para la tramitación procesal de este asunto. Ha ocurrido ante este Tribunal la ciudadana FLOR DE MARIA ROMERO DE MARTINEZ venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. 1.610.134, asistida por el abogado en ejercicio EVANÁN BERMÚDEZ MARÍN, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 103.259, domiciliados en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, con el objeto de solicitar se le declare de las anteriores diligencias, título suficiente que le acredite a ella y a su legítimo hijo ciudadano EDWIN ALEXIS MARTINEZ ROMERO venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. 7.601.445, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de su difunto cónyuge ciudadano ABILIO DE JESUS MARTINEZ HERNANDEZ, quién en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 918.463, domiciliado en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, fallecido ab-intestato el día diez (10) de octubre de 2011, tal como se evidencia en la copia certificada del acta de defunción No. 134, expedida por la Unidad de Registro Civil de la parroquia Santa Lucia del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, que corre inserta en el folio siete (07) y ocho (08) del presente expediente.
Del mismo modo, la solicitante además acompañó los siguientes recaudos: copia certificada de la partida de nacimiento del causahabientes ciudadanos EDWIN ALEXIS MARTINEZ ROMERO, expedida por la Unidad de Registro Civil de la parroquia Santa Lucia que corre inserta en el folio seis (06); copia certificada del acta de matrimonio celebrado entre el de-cujus con la ciudadana FLOR DE MARIA ROMERO DE MARTINEZ la cual riela en los folios cuatro (04) y cinco (05); copia simple de las cédulas de identidad de la cónyuge, del de-cujus, y del causahabiente; justificativo de testigos, evacuado ante la Notaría Pública Décima de Maracaibo del Estado Zulia, en fecha veintiséis (26) de octubre de 2011, que corre inserto desde el folio doce (12) hasta el folio catorce (14), donde los ciudadanos RAFAEL AGUSTIN CINTRON MONTERO y ANTONIO JOSE VILLASMIL ROCHA, plenamente identificados en dicho instrumento, están contestes y conformes con el interrogatorio al cual fueron sometidos. En sentido de lo expuesto en la presente solicitud, y de los documentos ya identificados, es por lo que se constata la filiación que existe entre los solicitantes, con el de-cujus. Así las cosas, este Tribunal, por considerar que la documentación es suficiente para otorgar lo solicitado, esta Juzgadora le da pleno valor probatorio a los mismos. En consecuencia este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de acuerdo con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus, ABILIO DE JESUS MARTINEZ HERNANDEZ, quién en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 918.463, domiciliado en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, fallecido ab-intestato el día diez (10) de octubre de 2011, tal como se evidencia en la copia certificada del acta de defunción No. 134, expedida por la Unidad de Registro Civil de la parroquia Santa Lucia del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a su cónyuge FLOR DE MARIA ROMERO DE MARTINEZ y a su hijo EDWIN ALEXIS MARTINEZ ROMERO plenamente identificados ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. ASI SE DECLARA.-

Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas a la parte interesada, dejándose previamente certificadas en las actas todas y cada una de las actuaciones.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a los quince (15) días del mes de noviembre del año dos mil once (2011). 201° de la Independencia y 152° de la Federación.-

Abog. ALEJANDRINA ECHEVERRIA CORONA
JUEZA TEMPORAL

EL SECRETARIO
Abg. FERNANDO ESTRADA ROMERO

En la misma fecha, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m), se dictó y publicó bajo el No. 11.304.-

EL SECRETARIO