En horas de despacho del día de hoy, Jueves Veinticuatro (24) de Noviembre de Dos mil once (2011), siendo las Diez y veinte minutos de la mañana (10:20 AM), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción judicial del Estado Zulia, para darle cumplimiento a la comisión N° 5107-11, conferida por el Juzgado Cuarto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el Juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA A CRÉDITO CON RESERVA DE DOMINIO, sigue Sociedad Mercantil LA CASA ELECTRICA, C.A. contra CHEMAYA BARRIOS CORREDOR, y donde este Tribunal ha sido comisionado para llevar a efecto MEDIDA DE SECUESTRO, decretada por el Tribunal de la causa. Se traslado y constituyo este Tribunal en el sitio señalado por el Apoderado Judicial de la parte actora, abogado GONZALO VELASQUEZ ROSALES, Inpreabogado Número 11.491, específicamente en la Avenida 6, Casa No. I-294, Barrio Altos de Jalisco en Jurisdicción de la Parroquia Coquivacoa del Estado Zulia.- Seguidamente éste honorable Tribunal deja constancia que una vez presente en el sitio fue atendido por el ciudadano BERNARDO MELENDEZ,, portador de la cedula de identidad No. 2.351.421, quien manifestó ser el Abuelo de la ciudadana CHEMAYA BARRIOS CORREDOR, demandada de autos, expresando que la misma no habita en dicha vivienda, por lo que éste Tribunal en virtud de lo antes indicado, procede a retirarse del sitio en donde se encuentra constituido, y acuerda regresar a su lugar de origen.- Siendo las Diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.), se cerro la presente acta. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ
ABOG. GUILLERMO INFANTE
EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA:
LA SECRETARIA Temp.
Comisión No. 5107-11.-
Gil/adri*.-
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