En horas de despacho del día de hoy, Jueves Veinticuatro (24) de Noviembre de Dos mil once (2011), siendo las Doce y veinticinco minutos de la tarde (12:25 PM), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para darle cumplimiento a la comisión N° 5101-11, conferida por el Juzgado Undécimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el Juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA A CRÉDITO CON RESERVA DE DOMINIO, sigue Sociedad Mercantil LA CASA ELECTRICA, C.A. contra DOMENICO FARRUGIO BENTIVENGA, y donde este Tribunal ha sido comisionado para llevar a efecto MEDIDA DE SECUESTRO, decretada por el Tribunal de la causa. Se traslado y constituyo este Tribunal en el sitio señalado por el Apoderado Judicial de la parte actora, abogado GONZALO VELASQUEZ ROSALES, Inpreabogado Número 11.491, específicamente en la Avenida 8 Santa Rita con calle 87, Casa No. 7B-83, Sector Santa Rita en Jurisdicción del Municipios Maracaibo del Estado Zulia.- Seguidamente éste honorable Tribunal deja constancia que una vez presente en el sitio fue atendido por una ciudadana quien dijo llamarse CARMINA SÁNCHEZ, quien manifestó que el demandado de autos, ciudadano DOMENICO FARRUGIO BENTIVENGA, no se encontraba en el inmueble, en virtud de ello éste Tribunal procedió a retirarse del sitio en donde se encuentra constituido, y acuerda regresar a su lugar de origen.- Siendo las Doce y cuarenta minutos de la tarde (12:40 p.m.), se cerro la presente acta. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ


ABOG. GUILLERMO INFANTE


EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA:




LA SECRETARIA Temp.

Comisión No. 5101-11.-
Gil/adri*.-



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Gil/adri*.-