En horas de despacho del día de hoy, Jueves Veinticuatro (24) de Noviembre de Dos mil once (2011), siendo las Cuatro de la tarde (04:00 PM), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para darle cumplimiento a la comisión N° 5098-11, conferida por el Juzgado Segundo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el Juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, sigue Sociedad Mercantil LA CASA ELECTRICA, C.A. contra IRIS ZORAIDA RAMÍREZ PAREDES, y donde este Tribunal ha sido comisionado para llevar a efecto MEDIDA DE SECUESTRO, decretada por el Tribunal de la causa. Se traslado y constituyo este Tribunal en el sitio señalado por el Apoderado Judicial de la parte actora, abogado GONZALO VELASQUEZ ROSALES, Inpreabogado Número 11.491, específicamente en la Calle 57B, Casa No. 83C-36, Barrio Amparo, en jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- Seguidamente éste honorable Tribunal deja constancia que una vez presente en el sitio y después de haber llamado en varias oportunidades siendo negativas en cada una de ellas, y en virtud de varios vecinos haber manifestado que la ciudadana IRIS ZORAIDA RAMÍREZ PAREDES, demandada de autos, cambio de domicilio, asimismo a petición del Apoderado Judicial de la parte actora, éste honorable Tribunal procedió a retirarse del sitio en donde se encuentra constituido, y acuerda regresar a su lugar de origen.- Siendo las Cuatro y quince minutos de la tarde (04:15 p.m.), se cerro la presente acta. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ


ABOG. GUILLERMO INFANTE


EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA:




LA SECRETARIA Temp.




Comisión No. 5098-11.-
Gil/adri*.-