REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
En horas de Despacho del día de hoy, Nueve (09) de Noviembre del 2011, siendo las Nueve y treinta minutos de la mañana, de conformidad con lo acordado, se traslado y constituyó éste JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS, en la dirección más adelante indicada, a objeto de llevar a efecto la medida comisionada por el Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, expediente No. 3421-2011, contentivo del juicio de RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Y COBRO DE BOLIVARES, seguido por la ciudadana ALICIA DEL VALLE MONSALVE DE SOTO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. 7.600.083 contra la ciudadana ARGELIS DEL CARMEN GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. 11.867.269, juicio en el cual el tribunal de la causa libró mandamiento de ejecución a los fines de ejecutar Entrega Material a la ciudadana ALICIA DEL VALLE MONSALVE DE SOTO, ya identificada, del bien inmueble constituido por un local comercial, signado con la nomenclatura No. 64-15 ubicado en la calle 79, avenida la Limpia, Parroquia Raúl Leoni, cuyos linderos son: Norte: Su frente Vía Pública, Sur: Con propiedad que es o fue de Edgar López, Este: Propiedad que es o fue de Rubia Morillo y Oeste: Con propiedad que es o fue de Macrino Galue. De igual manera fue decretado Medida Ejecutiva de Embargo sobre bienes propiedad de la demandada hasta cubrir la cantidad de OCHENTA Y CUATRO MIL BOLIVARES (Bs.84.000.00) en caso de embargar cantidades de dinero esta deberá hacerse en el 75% sobre la cantidad antes indicada. Una vez recibida la presente comisión por la oficina de Recepción y Distribución de Documentos asignando el conocimiento de la misma a este órgano ejecutor según numero de distribución TM-EM-3877-2011, de fecha 27/10/2011. Seguidamente el tribunal se constituye con sus auxiliares de justicia, la parte actora ciudadana ALICIA DEL VALLE MONSALVE DE SOTO, ya identificada y sus apoderados judiciales abogados en ejercicio ANGEL ENRIQUE MENDOZA y HELI ROMERO MENDEZ, inscritos en el inpreabogado No. 61.920 y 50.637, en la dirección donde se llevará a efecto la presente ejecutoria: Avenida La Limpia, calle 79 No. 64-15 del Municipio Maracaibo Estado Zulia.- Una vez constituido este Tribunal verifica la no existencia de persona ni objetos algunos en el inmueble objeto de la presente medida, para lo cual procede inmediatamente a constituirse dentro del mismo observando que el inmueble se encuentra en estado de abandono, con falta de aseo y ornato, siendo un local comercial ubicado en la dirección de constitución de este Tribunal, conformado y estructurado por columnas viguetas y fundaciones de concreto armado y vaciado con techos en concreto armado y vaciado, con paredes de bloques frisados, piso de granito, con varias columnas en yeso, con protecciones de metal de hierro en los ventanales frontales y en las puerta que dan acceso al mismo, con las siguientes dependencias: Una nave central con columnas de yeso y dos salas sanitarias, una de ellas con todos sus accesorios y la otra le falta el lavamanos. Siendo los linderos coincidentes en sitio. Acto seguido los apoderados judiciales de la parte actora exponen: “Solicitamos al Tribunal Ejecutor proceda a la entrega material comisionada, asimismo le informamos que en referencia a la medida de embargo ejecutivo decretada por el Tribunal de la Causa en contra de bienes propiedad de la demandada ciudadana ARGELIS DEL CARMEN GONZALEZ, nos reservamos el derecho de practicarla en otra oportunidad previa solicitud a este Órgano Ejecutor mediante diligencia por separado, es todo”. Concluidas las actuaciones de rigor del acto practicado este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, cumpliendo con lo exhortado, ENTREGA FORMALMENTE a la ciudadana ALICIA DEL VALLE MONSALVE DE SOTO, ya identificada, el bien inmueble (Local Comercial) previamente determinado e identificado en la presente acta, quien estando presente lo recibe libre de personas y de cosas. Este tribunal estuvo custodiado por el supervisor agregado de la Policía del Estado Zulia MIGUEL BERNAL, credencial 3684. La presente actuación no causó ningún tipo de arancel, emolumento o tasa alguna en cumplimiento a lo establecido en la Constitución Nacional de la República de Venezuela.- Concluye el acto siendo las once y treinta minutos de la mañana. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,
Msc. ZIMARAY CARRASQUERO.
La Parte Actora y sus Apoderados
Judiciales,
LA SECRETARIA
ABG. LINDA AVILA
Funcionario Policial.
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