REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia



En horas de Despacho del día de hoy, Once de noviembre del 2011, , siendo las Once y quince de la mañana, de conformidad con lo acordado, se traslado y constituyó éste JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS, en la dirección más adelante indicada, a objeto de llevar a efecto la medida decretada por el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal No.04, expediente 20.164, contentivo del Juicio de Fijación de Régimen de Convivencia Familiar, incoada por la ciudadana MONICA GUTIERREZ DE LA HOZ, portadora de la cédula de identidad No. 22.398.145, contra el ciudadano JOSE BERMUDEZ CHACIN, portador de la cédula de identidad No. 9.734.150, a favor del niño XXX. Juicio en el cual el Tribunal de Protección comisionó suficientemente a un Tribunal Ejecutor, con el objeto de ejecutar Medida Provisional de Régimen de Convivencia Familiar, decretada respecto de la ciudadana MONICA GUTIERREZ DE LA HOZ, ya identificada, a favor del niño de autos, el cual será reglamentado como lo indica a continuación: a) La ciudadana MONICA GUTIERREZ DE LA HOZ, ya identificada, podrá visitar y retirar a su hijo XXXXXXXX, de su residencia, los días sábado dentro de un horario comprendido entre las nueve de la mañana (9:00 a.m) y las seis de la tarde (6:00 p.m), hora en la cual deberá devolverlo a su residencia de manera alternada..- Recibido el presente despacho de la oficina de Recepción y Distribución de Documentos Respectiva le fue asignado el asunto a este Tribunal Ejecutor según numero TM-EM-3923-2011, de fecha 02/11/2011. Seguidamente el tribunal se traslada con la parte actora ciudadana MONICA GUTIERREZ DE LA HOZ, ya identificada, a la dirección que señala: Calle Los Panchos, avenida 2B, calle 48, casa 1-100, sector Puntita de Piedra, diagonal al Centro de Diagnostico Integral (CDI) del Municipio Maracaibo Estado Zulia. Seguidamente se procede a notificar del traslado y constitución del Tribunal Ejecutor a un ciudadano (a) que se identificó como José Bermudez Chacin, mayor de edad, venezolano, portador de la cédula de identidad 9.734.150, quien manifestó ser el progenitor del niño de autos. De inmediato este Tribunal permite la lectura integra del acto comisionado a la persona notificada, de igual manera le indica que puede hacerse acompañar de abogado de confianza. Concluidas las explicaciones de rigor relativas al acto comisionado y luego de escuchados los alegatos de la persona notificada, esta Juzgadora le sugiere a la misma, dirigirlas al Tribunal de Protección competente para ello, es todo. En consecuencia, este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y dándole cumplimiento a lo decretado por el tribunal comitente, práctica Régimen de Convivencia Familiar Provisional, a beneficio del niño XXXXXXXXXXXX, en los términos y condiciones ordenados por el Tribunal de la causa, explanados suficientemente en la presente acta. Se ordena expedir copia de la presente acta a la persona notificada. La presente actuación no causó ningún tipo de arancel, tasa o emolumento alguno en cumplimiento a lo establecido en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, artículos 254 y 26, concordados con la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes artículo 9. Terminó se leyó y conformes firman, concluyó el acto, siendo las Once y cuarenta minutos de la mañana.-

LA JUEZA

MSC. ZIMARAY CARRASQUERO


EL (LA) NOTIFICADO (A)


La Solicitante,






LA SECRETARIA:

Abg. LINDA AVILA.






c-5204-11
Exp. 20164