REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
COMISION No. 5.257
En el día de hoy, 09 de Noviembre del año dos mil once, siendo las 10:05 AM de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede del Departamento de Mantenimiento del Aeropuerto Internacional LA CHINITA, BAER, ubicado en la avenida Manuel Belloso del Municipio San Francisco del Estado Zulia , objeto de llevar a efecto la medida de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 01. EXP: 18312. Con motivo del Juicio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN seguido por la ciudadana ELIZABETH DEL CARMEN CHIRINOS, portadora de la Cédula de Identidad No. V- 16.609.742, en beneficio del adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXen contra del ciudadano GUSTAVO ENRIQUE LEON PIRELA, portador de la Cédula de Identidad No. V-15.719.717.- En este estado presente el ciudadano (a): YIMBERLYN ORTIZ, titular de la Cédula de Identidad No. 19.607.230, quién se identifico con el carácter de ANALISTA DE OBLIGACIONES PATRONALES. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado decretó Medida Preventiva de Embargo sobre: A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) del sueldo, cesta ticket, bono nocturno, horas extras, que perciba el ciudadano GUSTAVO ENRIQUE LEON PIRELA, como trabajador en el Departamento de Mantenimiento del Aeropuerto Internacional LA CHINITA; BAER, ubicado en la avenida Manuel Belloso del Municipio San Francisco del Estado Zulia.- B) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre las utilidades, vacaciones, bonificación de fin de año, que perciba el referido ciudadano.- C) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de cualquier bono, bonos de transferencia que le pueda corresponder al ciudadano antes nombrado.- D) EL CIEN POR CIENTO (100%) de las primas por hijos, útiles escolares que le pueda corresponder al ciudadano GUSTAVO ENRIQUE LEON PIRELA, en beneficio del adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.- E) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre liquidación de prestaciones sociales, antigüedad, retroactivos, caja de ahorros, fideicomiso y cualquier otra cantidad que le pueda corresponder al ciudadano GUSTAVO ENRIQUE LEON PIRELA, por retiro voluntario, despido, jubilación o muerte, meritocracia, y/o cualquier situación que de por terminada la relación laboral.- ESTE TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, las siguientes cantidades: A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) del sueldo, cesta ticket, bono nocturno, horas extras, que perciba el ciudadano GUSTAVO ENRIQUE LEON PIRELA, como trabajador en el Departamento de Mantenimiento del Aeropuerto Internacional LA CHINITA; BAER, ubicado en la avenida Manuel Belloso del Municipio San Francisco del Estado Zulia.- B) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre las utilidades, vacaciones, bonificación de fin de año, que perciba el referido ciudadano.- C) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de cualquier bono, bonos de transferencia que le pueda corresponder al ciudadano antes nombrado.- D) EL CIEN POR CIENTO (100%) de las primas por hijos, útiles escolares que le pueda corresponder al ciudadano GUSTAVO ENRIQUE LEON PIRELA, en beneficio del adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.- E) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre liquidación de prestaciones sociales, antigüedad, retroactivos, caja de ahorros, fideicomiso y cualquier otra cantidad que le pueda corresponder al ciudadano GUSTAVO ENRIQUE LEON PIRELA, por retiro voluntario, despido, jubilación o muerte, meritocracia, y/o cualquier situación que de por terminada la relación laboral.- Las cantidades a retener establecidas en los literales “A, B, C y D”, deberán ser entregadas a la ciudadana ELIZABETH DEL CARMEN CHIRINOS, portadora de la Cédula de Identidad No. 16.609.742, y la cantidad contenida en el literal “E” deberá remitirla en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 01. EXP: 18312. Solo se reciben Cheques MARTES Y JUEVES. Asimismo se ordena informar al Tribunal de la causa sobre el sueldo básico, bono vacacional, primas por hijos o cualquier otro beneficio que perciba mensual o anualmente el reclamado de autos, e indicar de manera detallada las deducciones que recaen sobre los sueldos del referido demandado. En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Empresa que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26, 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y el Artículo 9° de la Ley Orgánica de Protección del Niños, Niñas y Adolescente, y, así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 10:10 AM
LA JUEZ
DRA. MARTHA ELENA QUIVERA.
EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO:
ABOG. ANIBAL A. PERNIA P
|