REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia


COMISION No. 5.280
En el día de hoy, 25 de Noviembre del año dos mil once, siendo las 11:30 AM de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede del Departamento de Mantenimiento del Aeropuerto Internacional LA CHINITA, BAER, ubicado en la avenida Manuel Belloso del Municipio San Francisco del Estado Zulia , objeto de llevar a efecto la medida de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 01. EXP: 20727. Con motivo del Juicio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN seguido por la ciudadana ANGERHY GISEL DE LA CRUZ RAMIREZ, portadora de la Cédula de Identidad No. V- 15.286.950, en beneficio del niño XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX en contra del ciudadano SALVATORE CAVALLO MORENO, portador de la Cédula de Identidad No. V- 15.720.844.- En este estado presente el ciudadano (a): LUZ CERVANTE, titular de la Cédula de Identidad No. 12.871.348, quién se identifico con el carácter de SUPERVISOR COORPORATIVO DE NÓMINA. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado decretó Medida Preventiva de Embargo sobre: A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) del sueldo, o salario, horas extras diurnas y nocturnas y bonos, que devenga el ciudadano SALVATORE CAVALLO MORENO, en ocasión de su relación de trabajo con la Empresa ISCAR, C.A, como Auxiliar de Planta.- B) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de las utilidades de fin de año y de las vacaciones, que perciba el referido ciudadano.- C) EL VEINTE POR CIENTO (20%) la cesta ticket, que perciba el referido ciudadano.- D) EL VEINTE POR CIENTO (20%) del Fideicomiso y sus Intereses y caja de Ahorros, que perciba el referido ciudadano.- E) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de cualquier otra cantidad que le pueda corresponder al ciudadano SALVATORE CAVALLO MORENO. ESTE TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, las siguientes cantidades: A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) del sueldo, o salario, horas extras diurnas y nocturnas y bonos, que devenga el ciudadano SALVATORE CAVALLO MORENO, en ocasión de su relación de trabajo con la Empresa ISCAR, C.A, como Auxiliar de Planta.- B) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de las utilidades de fin de año y de las vacaciones, que perciba el referido ciudadano.- C) EL VEINTE POR CIENTO (20%) la cesta ticket, que perciba el referido ciudadano.- D) EL VEINTE POR CIENTO (20%) del Fideicomiso y sus Intereses y caja de Ahorros, que perciba el referido ciudadano.- E) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de cualquier otra cantidad que le pueda corresponder al ciudadano SALVATORE CAVALLO MORENO.- Las cantidades a retener establecidas en los literales “A, B y C”, deberán ser entregadas a la ciudadana ANGERHY GISEL DE LA CRUZ RAMIREZ, portadora de la Cédula de Identidad No. 15.286.950, y la cantidad contenida en el literal “D y E” deberá ser remitida en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 01. EXP: 20727. Solo se reciben Cheques MARTES Y JUEVES. Asimismo se ordena informar al Tribunal de la causa sobre el sueldo básico, bono vacacional, primas por hijos o cualquier otro beneficio que perciba mensual o anualmente el reclamado de autos, e indicar de manera detallada las deducciones que recaen sobre los sueldos del referido demandado. En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Empresa que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26, 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y el Artículo 9° de la Ley Orgánica de Protección del Niños, Niñas y Adolescente, y, así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 11:35 AM
LA JUEZ

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA.

EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO:


ABOG. ANIBAL A. PERNIA P