REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

En horas de despacho del día de hoy, miércoles 09 de noviembre de dos mil once (2011), siendo las nueve y cuarenta (09:40) de la mañana, este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta a cargo del ciudadano Juez Abg. Jorge Huerta Polidor, se trasladó con auxilio vehicular de la Dirección Administrativa Regional del Estado Nueva Esparta, al lote de terreno que se encuentra ubicado en la Población de el Espinal, cercanos a la Calle el Cardón cruce con Gómez, Sector Los Núñez, casa s/n, El Espinal, Municipio Díaz del Estado Nueva Esparta; El Tribunal Agrario se constituyó en precitado lote de terrenos (conucos), y se deja constancia que en el mismo se encuentran presentes los ciudadanos siguientes: Abg. Jorge Huerta Polidor, el Juez Provisorio del Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta; los ciudadanos Miguel José Hernández Millán y Jesús Zabala, titulares de las cedulas de identidad Nros V-4.648.234 Y 1.321.944, respectivamente, peticionarios de la Solicitud de Medida Innominada de Protección a la Actividad Agrícola, asistidos por el abogado Luís Miguel Rojas, en su carácter de Defensor Publico Primero Agrario del Estado Nueva Esparta; La ciudadana Ingeniera Agrónomo Elvia Margarita Valerio Quero, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.788.223, funcionaria adscrita a la Unidad Estatal del Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras del Estado Nueva Esparta, en calidad de experta; El ciudadano Abg. Daniel Patete, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.055.779, en su carácter de Síndico Procurador Municipal del Municipio Díaz del Estado Nueva Esparta, en representación de la parte demandada Concejo Municipal del Municipio Díaz del Estado Nueva Esparta; la ciudadana Zuljelys Salazar, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.192.669, en su carácter de tercero interviniente; el ciudadano Wildel Marcano, titular de la cédula de identidad Nº V-19.683.753, Asistente de Tribunal Agrario y el ciudadano Armando Guevara Brito, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.602.554, Asistente de Tribunal Agrario. Seguidamente, el Tribunal procede a efectuar el recorrido por el inmueble objeto de la presente inspección y deja constancia con ayuda de la experta de los siguientes particulares: PRIMERO: Se pudo constatar que el predio (conuco) tiene vocación agrícola; SEGUNDO: Se constató que existe una obstrucción en virtud de que la entrada al camino o vía de acceso a los conucos, se encuentra atravesado un tronco que no permite el acceso de vehículos y/o maquinarias tanto para el arado de la tierra y la recolección de las cosechas, debido a que la longitud entre la parte interna del muro y el tronco es de 2.20 metros; TERCERO: Se constató que dicho predio (conuco), no se están realizando actividades agrícolas; CUARTO: Se observó que en el predio (conuco) se encuentran árboles frutales como: coco, dátil, mango, pomalaca, guayaba y caña de azúcar. Asimismo una quebrada que atraviesa el conuco. Siendo las once y diez (11:10) de la mañana, concluyó la presente inspección y se ordena el regreso a la sede. Es todo, se leyó y conformes firman.

El Juez, El Solicitante, El Solicitante,


La Experta, Abogado asistente y/o defensor, EL Asistente,



EL Asistente,



Exp. Nº A-24164-09