REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

TRIBUNAL DÉCIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
MARACAIBO, OCHO (08) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011)
201º Y 152º
ASUNTO: VP01-L-2011-002226.
Vista la diligencia presentada en fecha siete (07) de noviembre de 2011, suscrita por el ciudadano JOSE GARCIA, titular de la cedula de identidad numero V-12.797.545, en su carácter de parte actora, asistido por el abogado en ejercicio FERNANDO GUERRA, en la cual desiste del procedimiento contra la sociedad mercantil PDVSA EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN DE OCCIDENTE, FILIAR DE PETROLEOS DE VENEZUELA, revisada como han sido las misma, este TRIBUNAL DÉCIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, le imparte su aprobación y le otorga el carácter de Cosa Juzgada, continuando la causa en relación a la sociedad mercantil SERVICIOS SAN ANTONIO INTERNACIÓNAL, C.A. Se ordena notificar al Procurador General de la Republica, de conformidad con lo establecido en el artículo 97 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, a los fines de que tenga conocimiento de la presente decisión, acordándose suspender la misma por un lapso de treinta (30) días continuos, contados a partir de que constancia en autos de haberse realizado dicha notificación.
LA JUEZ
ABOG. ANA AVILA
EL SECRETARIO