REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturín, 16 de Noviembre de 2011
201º y 152º


ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2004-000407
ASUNTO : NP01-D-2008-000029

JUEZ: ABG. DILIA MENDOZA BELLO
SECRETARIO: ABG. MARIA HERMINIA LUONGO
SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA
RESOLUCION: LIBERTAD INMEDIATA



Corresponde a este Tribunal emitir pronunciamiento en la presente legajo recibido procedente del Comando de la Guardia Nacional Bolivariana con sede en Temblado Estado Monagas, en el cual rielan actas de donde se desprende y se deja constancia de la aprehensión del joven adulto IDENTIDAD OMITIDA. Y su detención la efectúan bajo la información de que dicho ciudadano estaba requerido por el Tribunal Quinto de Control de la Sección Adolescentes del Estado Monagas, por la comisión del delito Homicidio. Y es remitido a este Tribunal, según oficio N° D77-3RA.CIA-SIP-064, Comandante del Puesto de Temblador, de la Tercera Compañía del destacamento 77 de la Guardia Nacional Bolivariana, el joven fue remitido a la Comandancia de la Policía del Estado y las actuaciones remitidas a este Tribunal. Recibidas el día de hoy, las actuaciones, este Tribunal observa: UNICO:
“Que el Tribunal Quinto de control de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Estado Monagas No existe, de la Revisión del Sistema juris 2000 arroja cuatro asuntos donde aparece como imputado el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA y no se encuentra requerido por ninguno de ellos. En la causa que se le sigue por ante este Tribunal en fecha 12 de Abril del 2010, fue declarado en Rebeldía por el Tribunal de juicio ordenada su captura y en fecha 16 de Noviembre del 2010, es capturado y ordenada su libertad por dicho tribunal, pero no fueron dejadas sin efecto las órdenes de captura. En consecuencia lo procedente es ordenar la Libertad Inmediata del sancionado IDENTIDAD OMITIDA y expresamente se ordena Librar los oficios DEJANDO SIN EFECTO LAS ORDENES DE CAPTURA LIBRADAS EN SU OPORTUNIDAD (12/04/2010 y ratificadas el 12/08/2010 ). Por lo que no habiendo cometido nuevo delito este Tribunal de ejecución ni estar requerido por este Tribunal de la sección Adolescentes considera Prudente acordar la LIBERTAD INMEDIATA del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA.
DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Sección Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos: SE DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA DEL CIUDADANO IDENTIDAD OMITIDA. Se ordena su egreso desde las instalaciones de la Comandancia de la Policía del Estado Monagas. SE ORDENA DEJAR SIN EFECTO ORDEN DE CAPTURA LIBRADA EN SU CONTRA CON ANTERIORIDAD (12/04/2010 y ratificadas el 12/08/2010 ). Líbrese lo conducente. Cúmplase.-

La Juez,


ABG. DILIA ROSA MENDOZA BELLO.


EL SECRETARIO,
ABG. MARIA HERMINIA LUONGO