REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Control
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 7 de Noviembre de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-006213
ASUNTO : NP01-P-2010-006213
Corresponde a este Tribunal Quinto de Control, decidir con respecto a la solicitud formulada por los ciudadanos MOISES JAVIER AGUILERA PIAMO, titutlar de la Cédula de Identidad N° V-14.308.820 quien solicita el vehículo cuyas características son: MARCA: CHEVROLET, MODELO; MONZA, CLASE: AJUTOMOVIL, TIPO SEDAN, COLOR: GRIS, AÑO 1986, PLACAS XCI167, SERIAL DE CARROCERIA 5G69VGV302871, SERIAL DE MOTOR VGV302871, asimismo solicitud formulada por el ciudadano HENRRY JOSE BRICEÑO CAMPOS, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.723.754 del vehículo cuyas características son: MARCA: CHEVROLET, MODELO; MONZA, CLASE: AJUTOMOVIL, TIPO SEDAN, COLOR: MARRON, AÑO 1985, PLACAS NAT337, SERIAL DE CARROCERIA 5G69VFV336257, SERIAL DE MOTOR VFV336257, al respecto este Tribunal hace las siguientes consideraciones:
Se observa de actas procesales que, la presente causa se inició en fecha 28-04-2010, tal como se desprende del Acta Policial inserta a los folios 04 y 05 de la causa, suscrita por funcionarios adscritos a la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, quienes dejan constancia que encontrándose en el Punto de Control fijo del Puesto Aguasay, ubicado en la Carretera nacional Aguasay El Tigre, avistaron un vehículo Marca Chevrolet, Modelo Monza, Tipo Sedan, Color Marrón, Placas XCI-167, el cual se trasladaba en sentido Aguasay el Tigre, se le indicó al conductor que se estacionara al lado derecho de la vía a fin de efectuarle chequeo de rutina y al verificar los documentos de propiedad del vehículo procedieron a identificar al conductor como MOISÉS JAVIER PIAMO AGUILERA, y por cuanto los funcionarios observaron que los documentos presentados por dicho ciudadano eran presuntamente falsos, procedieron a la retención del vehículo.
Corre inserta al folio 06 y 07 de autos, ACTA DE ENTREVISTA de fecha 28 de Abril de 2010, realizada al ciudadano MOISES JAVIER AGUILERA PIAMO, quien entre otras cosas expuso que en fecha 24-04-2010, se dirigía hacia la población de Altamira Municipio Aguasay, porque estaba haciendo una carrera ya que trabaja como taxista en el vehículo Marca Chevrolet, Modelo Monza, Placas XCI-167, y cuando llego al punto de control de la Guardia Nacional ubicada en el sector el Guamo del Municipio Aguasay lo pararon y le pidieron los documentos del vehículo, se los entrego donde procedieron a revisarlos y uno de ellos le informó que el certificado de registro de vehículo estaba malo, luego le entregaron una constancia de retención del vehículo.
Corre inserto al folios 10, 11 y 12 de autos, Documento Original de Compra Venta, donde el ciudadano PRADO MONTILLA HUMBERTO JESUS, en su carácter de Gerente General de la Sociedad Mercantil VENEAUTO, S.A., le da en venta pura y simple al ciudadano FRANCISCO ANTONIO LAZARDI GOMEZ, un vehículo MARCA CHEVROLET, MODELO; MONZA, CLASE: AJUTOMOVIL, TIPO SEDAN, COLOR: GRIS, AÑO 1986, PLACAS XCI167, SERIAL DE CARROCERIA 5G69VGV302871, SERIAL DE MOTOR VGV302871, por la cantidad de 4.500.000,oo Bs.), la cual quedó asentado bajo el número 102, Tomo XXXX, de los libros de autenticaciones llevados por el Registro Público del Municipio Caripe Estado Monagas, de fecha 30 de Mayo de 2006.
Corre inserto a los folios 13 y 14 de autos, Documento Original de Compra Venta, donde el ciudadano FRANCISCO LAZARDI GOMEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.714.471, le da en venta pura y simple al ciudadano MOISES JAVIER AGUILERA PIAMO, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.308.820, de un vehiculo MARCA CHEVROLET, MODELO; MONZA, CLASE: AJUTOMOVIL, TIPO SEDAN, COLOR: GRIS, AÑO 1986, PLACAS XCI-167, SERIAL DE CARROCERIA 5G69VGV302871, SERIAL DE MOTOR VGV302871, por la cantidad de Trece mil Bolívares Fuertes (Bs.F. 13.000,oo), la cual quedó asentado bajo el número 36, Tomo 23, de los libros de autenticaciones llevados por el Registro Público del Municipio Cedeño, Caicara de Maturín Estado Monagas, de fecha 18-05-2009.
Corre inserto al folio 17 y su vto. de autos, Inspección Técnica N° 089, practicada en el Estacionamiento Interno de la Sub Delegación de Punta de Mata del Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a un vehículo MARCA CHEVROLET, MODELO; MONZA, CLASE: AUTOMOVIL, TIPO SEDAN, COLOR: GRIS, AÑO 1986, PLACAS XCI-167, SERIAL DE CARROCERIA 5G69VGV302871, SERIAL DE MOTOR VGV302871.
Corre inserto al folio 19 y su vto. de autos, EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO Y AVALUO REAL, concluyendo que el Serial de Carrocería ubicado en la parte frontal del vehículo donde se observan los dígitos 5G69VGV302871, se encuentra en su estado ORIGINAL; que el serial identificativo del motor donde se leen VGV302871, en su estado Original.
Corre inserto al folio 23 y su vto de autos, Acta de Entrevista rendida por el ciudadano FRANCISCO LAZARDI GOMEZ, quien expuso: “Resulta que recibí llamada telefónica del ciudadano MOISES PIAMO, diciéndome que la Guardia Nacional le había decomisado un vehículo Marca Chevrolet, Modelo Monza, Color Marrón, Clase Automóvil, Tipo Sedan, Placas XCI-167, que yo le había vendido y que lo pasaron para esta oficina y que tenia que presentarme a rendir declaración al respecto.
Corre inserto al folio 24 de autos, Acta de Entrevista rendida por el ciudadano HENRY JOSE BRICEÑO CAMPOS, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística Sub Delegación Punta de Mata Estado Monagas, quien expuso: “Bueno resulta que el día miércoles 28-04-2010 yo me trasladaba hacia la Ciudad de El Tigre estado Anzoátegui y cuando iba pasando por un punto de control de la Guardia Nacional que está ubicado en la Carretera Nacional Aguasay El Tigre, vi un carro muy parecido al mío que me fue hurtado en la población de Santa Barbara en fecha 05-12-2009, me bajé del vehículo donde me trasladaba y le pedí permiso al funcionario de la Guardia Nacional para que me dejara ver bien si era mi carro marca Chevrolet, Modelo Monza, Clase Automóvil, Tipo Sedan, Color Marrón, Placas NAT-337, serial de Carrocería 5G69VFV336257, serial de motor VFV336257 y comprobé que si era el carro porque le reconocí varias partes de la de la carrocería y unos detalles de latonería que yo le estaba reparando, le pregunte al Guardia que iban a hacer con el carro y me dijo que lo iban a pasar para el C.I.C.P.C. de Punta de Mata que me trasladara para ese cuerpo policial que allí me darían más información, el día Lunes 03-05-2010, vine para este Despacho a pedir información acerca del carro y me dijeron que ya lo habían pasado para el Estacionamiento EL MAGO que se encuentra en la población de El Tejero, pedí hablar con el Jefe de esta Oficina para pedirle que me diera la orden de ver el vehículo nuevamente y me dijo que no había ningún problema y me envió con una funcionarios hacia un Estacionamiento donde se encuentra el carro, me lleve una llave original del encendido y le di a prender y el vehículo prendió que fue para asegurarme mas de que si es mío.
Riela al folio 26 Acta de Entrevista rendida por el ciudadano MOISES JAVIER AGUILERA PIAMO, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística Sub Delegación Punta de Mata Estado Monagas, quien expuso: “Bueno yo vine hasta este Cuerpo Policial a que me entrevisten porque resulta que el día sabado 24-04-2010, me encontraba trabajando como taxista y agarré una carrera en los chinos que quedan al lado del tanque que está ubicado en la Avenida Bolívar de aquí de Punta de Mata, la carrera me la pidieron hacia la Población de Altamira Municipio Aguasay Estado Monagas, cuando iba pasando por un punto de control de la Guardia Nacional que está ubicado en la carretera nacional Aguasay El Tigre, un Guardia me dijo que me estacionara a la derecha yo me estacioné el vino hasta donde yo estaba y me pidió los documentos del vehículo, le dí las copias del título y me dijo que le diera los originales porque las copias parecían ser falsas, le hice entrega de los originales y me dijo que el carro lo iban a pasar para la PTJ de punta de Mata para investigar bien si eran o no falsos los documentos del vehículo marca Chevrolet, Modelo Monza, Color Marrón, Placas NAT-337 que es de mi propiedad”.
Riela al folio 38 de autos, EXPERTICIA DOCUMENTOLOGICA N° D-0140-10, de fecha 10-06-2010, suscrita por el funcionarios JULIO CESAR RODRIGUEZ, y practicada a un CERTIFICADO DE REGISTRO DE VEHICULO AUTOMOTOR, N° 24137483, de fecha 27-05-2005, el cual resultó ser FALSO.
Riela al folio 46 de autos, escritote solicitud de vehículo interpuesto por el ciudadano HENRY JOSE BRICEÑO CAMPOS, por ante la Fiscalía Cuarto del Ministerio Público, solicitando la entrega de un vehículo de su propiedad MARCA CHEVROLET, MODELO MONZA, AÑO 85, COLOR MARRÓN, PLACAS NAT-337, SERIAL DE CARROCERÍA 5G69VFV336257, SERIAL DE MOTOR VFV336257.
Riela al folio 55 de autos, Constancia de denuncia de fecha 06-12-2009, signada con el numero de averiguación N° I-265.833, mediante la cual el ciudadano HENRY JOSE BRICEÑO CAMPOS, interpone denuncia ante el Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalística, sobre el Hurto de su vehículo MARCA CHEVROLET, MODELO MONZA, AÑO 85, COLOR MARRÓN, PLACAS NAT-337, SERIAL DE CARROCERÍA 5G69VFV336257, SERIAL DE MOTOR VFV336257.
Riela a los folios 56 al 63 de autos, Copias Certificadas de Documento de Compra Venta donde la ciudadana LILA RODRIGUEZ LUCES, le da en venta al ciudadano HENRY JOSE BRICEÑO CAMPOS, un vehículo de su propiedad, MARCA CHEVROLET, MODELO MONZA, AÑO 85, COLOR MARRÓN, PLACAS NAT-337, SERIAL DE CARROCERÍA 5G69VFV336257, SERIAL DE MOTOR VFV336257, por la cantidad de Ocho Mil Bolívares, el cual fue debidamente autenticado por ante la Notaría Pública Primera de Maturín Estado Monagas, en fecha 16-10-2008, quedando anotado bajo el número 24, Tomo 374.
Riela al folio 65 de autos, Oficio N° 9700-074-07128, de fecha 10-07-2010, donde el Comisario Juan de la Cruz Pereira Mendoza, informar al Fiscal Cuarto del Ministerio Público que la Placa XCI-167 le corresponde al vehículo MARCA CHEVROLET, MODELO MONZA, AÑO 1986, COLOR GRIS, SERIAL DE CARROCERÍA 5G69VGV302871, SERIAL DE MOTOR VGV302871 y no presenta ninguna Solicitud, y que la Placa NAT-337, le pertenece a un vehículo MARCA CHEVROLET, MODELO MONZA, COLOR MARRÓN, el cual se encuentra SOLICITADO por el delito de Hurto de Vehículo, según expediente I-265.833, de fecha 06-12-2009.
Riela a los folios 66 y 67 de autos, Oficio N° 16F4-965-10, de fecha 30-07-2010, relacionado a la Negativa de entrega de vehículo al ciudadano MOISES JAVIER AGUILERA PIAMO.
Riela a los folios 68 y 69 de autos, Oficio N° 16F4-966-10, de fecha 30-07-2010, relacionado a la Negativa de entrega de vehículo al ciudadano HENRU JOSE BRICEÑO CAMPOS.
Riela al folio 86 de autos, escrito suscrito por el ciudadano MOISES JAVIER AGUILERA PIAMO, quien consigna ante este Tribunal ORIGINAL del Certificado de Registro de Vehículo N° 29409797, de fecha 30-07-2010, de un vehículo MARCA CHEVROLET, MODELO MONZA, AÑO 1986, COLOR GRIS DOS TONOS, TIPO: SEDAN, CLASE AUTOMOVIL, SERIAL DE CARROCERÍA 5G69VGV302871, SERIAL DE MOTOR VGV302871.
Riela a los folios 99 y 100 de autos, EXPERTICIA DOCUMENTOLOGICA N° D-298-10, de fecha 22-11-2011, suscrita por los funcionarios JULIO CESAR RODRIGUEZ Y EGLIS BARRETO, adscritos al Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalística, practicada a un Certificado de Registro de Vehículo N° 29409797, a nombre de VENE-AUTO S.A., de un vehículo MARCA CHEVROLET, MODELO MONZA, AÑO 1986, COLOR GRIS DOS TONOS, TIPO: SEDAN, CLASE AUTOMOVIL, SERIAL DE CARROCERÍA 5G69VGV302871, SERIAL DE MOTOR VGV302871, donde concluyen que el mismo ES AUTENTICO.
Riela al folio 102 de autos, CERTIFICADO DE REGISTRO DE VEHICULO ORIGINAL N° 29409797, a nombre de VENE-AUTO S.A., de un vehículo MARCA CHEVROLET, MODELO MONZA, AÑO 1986, COLOR GRIS DOS TONOS, TIPO: SEDAN, CLASE AUTOMOVIL, SERIAL DE CARROCERÍA 5G69VGV302871, SERIAL DE MOTOR VGV302871, de fecha 30 de Julio de 2010.
Corre inserta del folio 147 al 150, ACTA DE AUDIENCIA ESPECIAL DE VEHÍCULO, realizada en fecha 02 de Noviembre de 2011, en presencia de todas las partes.
Corre inserta al folio 07 de Noviembre de 2011, Acta suscrita por la Juez que preside esta instancia donde deja constancia de haber realizado llamada telefónica al Registro Público con funciones notariales del Municipio Cedeño del Estado Monagas, a los fines de verificar el Documento de Compra venta que realizara el ciudadano FRANCISCO LAZARDO al ciudadano MOIESES JAVIER AGUILERA PIAMO, siendo atendida por el Registrador Subalterno Abg. Jesús Salvidia, quien luego de una breve espera informo que efectivamente en el numero 36, Tomo 23 de fecha 18 de Mayo de 2009, aparece asentado dicho Documento relacionado con la venta de un Vehículo MARCA CHEVROLET, MODELO MONZA, AÑO 1986, COLOR GRIS DOS TONOS, TIPO: SEDAN, CLASE AUTOMOVIL, SERIAL DE CARROCERÍA 5G69VGV302871, SERIAL DE MOTOR VGV302871.
Ahora bien en primer lugar de las actas de investigación, se evidencia que conforme a la EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL, el vehículo retenido presenta las siguientes características: MARCA CHEVROLET, MODELO MONZA, AÑO 1986, COLOR GRIS DOS TONOS, TIPO: SEDAN, CLASE AUTOMOVIL, SERIAL DE CARROCERÍA 5G69VGV302871, SERIAL DE MOTOR VGV302871; cuyo dictamen pericial arrojó: 1.-) que el Serial de Carrocería ubicado en la parte frontal del vehículo donde se observan los dígitos 5G69VGV302871, se encuentra en su estado ORIGINAL; 2.-) que el serial identificativo del motor donde se leen VGV302871, en su estado Original; lo cual luego de realizar una exhaustiva revisión de las actas que conforman el presente asunto que el vehículo solicitado por el ciudadano HENRY JOSE BRICEÑO CAMPOS, quien presentó Copias Certificadas de un documento de Compra Venta y un Carnet de Circulación, así como la denuncia del HURTO DE VEHICULO signada con el número I-265.833, donde se indica que el mismo tiene la siguientes características MARCA CHEVROLET, MODELO MONZA, AÑO 1985, COLOR MARRÓN, PLACAS NAT-337, SERIAL DE CARROCERÍA 5G69VFV336257, SERIAL DE MOTOR VFV336257, CLASE AUTOMOVIL, TIPO SEDAN, USO PARTICULAR; las cuales difieren de las que presenta en vehículo retenido en el presenta asunto el cual conforme a la Experticia De Reconocimiento Legal tiene las siguientes características MARCA CHEVROLET, MODELO MONZA, AÑO 1986, COLOR GRIS DOS TONOS, TIPO: SEDAN, CLASE AUTOMOVIL, SERIAL DE CARROCERÍA 5G69VGV302871, SERIAL DE MOTOR VGV302871, resultando evidente que no se trata del mismo vehículo; siendo lo procedente NEGAR la entrega del vehículo al ciudadano HENRY JOSE BRICEÑO CAMPOS. Y así se decide.
Por otro lado en cuanto a la solicitud realizada por el ciudadano MOISES JAVIER AGUILERA PIAMO, cuyas características son: PLACAS: XCI-167, MARCA: CHEVROLET, MODELO: MONZA, AÑO: 1986, COLOR: GRIS DOS TONOS, TIPO: SEDAN, CLASE AUTOMOVIL, SERIAL DE CARROCERÍA 5G69VGV302871, SERIAL DE MOTOR: VGV302871; quien si bien es cierto presentó un CERTIFICADO DE REGISTRO DE VEHÍCULO signado con el N° 24137483, a nombre de VENEAUTO, S.A, que resultó FALSO; no es menos cierto que posteriormente en fecha 28 de Septiembre de 2011, consignó un CERTIFICADO DE REGISTRO DE VEHICULO, signado con el N° 29409797, que resultó ORIGINAL, y consignó un DOCUMENTO DE COMPRAVENTA, asentado bajo el número 36, Tomo 23, de los libros de autenticaciones llevados por el Registro Público del Municipio Cedeño, Caicara de Maturín Estado Monagas, de fecha 18-05-2009, donde el ciudadano FRANCISCO LAZARDI GOMEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.714.471, le da en venta pura y simple al ciudadano MOISES JAVIER AGUILERA PIAMO, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.308.820, el vehículo PLACAS XCI-167, MARCA CHEVROLET, MODELO MONZA, AÑO 1986, COLOR GRIS DOS TONOS, TIPO: SEDAN, CLASE AUTOMOVIL, SERIAL DE CARROCERÍA 5G69VGV302871, SERIAL DE MOTOR VGV302871, documento este el cual este Tribunal consideró pertinente verificar su autenticidad, y en este sentido se solicitó información al respecto a la referida notaria, la cual contestó que los datos aportados por este Tribunal coinciden con el documento que se encuentra autenticado en el tomo 23, N° 36, del año 2009, llevado por esa notaria.
Como puede apreciarse de las actas que conforman la presente causa que, el ciudadano MOISÉS JAVIER AGUILERA PIAMO, presentó documentos acreditando la propiedad del vehículo, presentando el documento de compraventa consignado el cual es auténtico, pues el mismo fue verificado por este Tribunal mediante llamada telefónica realizada al Registro Público con funciones Notariales del Municipio Cedeño del Estado Monagas, y se corroboró que el mismo se encuentra asentado bajo el numero 36, Tomo 23, es decir que acredita la propiedad del referido vehículo por parte del ciudadano MOISÉS JAVIER AGUILERA PIAMO; aún cuando el Cerificado de Registro de Vehículo con el cual el ciudadano Moisés realizó la compra del vehículo resultó ser FALSO, el mismo fue un comprador de buena fe, toda vez que realizó al momento de adquirir el vehículo que nos ocupa, lo necesario para hacerlo, a saber, acudió ante una notaría pública a autenticar la venta que se le estaba haciendo del vehículo, momento en el cual fueron presentados documentos con apariencia de legalidad, tales como Certificado de Registro de Vehículo, con lo cual puede afirmarse que, aún cuando se desprende de actas que el referido registro de Vehículo es falso, no puede atribuirse al solicitante el conocimiento de la falsedad, por cuando a criterio de quien decide, el mismo fue sorprendido en su buena fe al adquirir el vehículo, autenticando una operación de compra venta ante un funcionario público, con todas las características de legalidad de la operación, en consecuencia ha de afirmarse que quedó evidencia su buena fe al adquirir el vehículo. De otro lado se aprecia de las actas que el vehículo cuestionado, no presenta solicitud alguna por los órganos de seguridad del Estado y el ciudadano MOISES JAVIER AGUILERA, es el poseedor del mismo y único solicitante, en virtud de que las características del vehículo Solicitado por el ciudadano HENRY JOSE BRICEÑO CAMPOS, en nada se relacionan con el automotor retenido; motivos por los cuales estima quien decide que, están dadas en el caso de marras, las exigencias plasmadas en las decisiones emanadas del Máximo Tribunal de la República, para que pueda procederse a la entrega en Calidad De Depósito de un vehículo, en consecuencia se ACUERDA LA ENTREGA de vehículo incoada por el ciudadano MOIESES JAVIER AGUILERA PIAMO, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.308.820. Y así se declara.
En aras de preservar el derecho de propiedad y en base al contenido del Artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal y 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ACUERDA LA ENTREGA DEL VEHÏCULO EN PROPIEDAD PLENA, al ciudadano MOIESES JAVIER AGUILERA PIAMO, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.308.820; en virtud de encontrarse plenamente acreditada la propiedad sobre el Bien Mueble solicitado en las Actas Procesales.
DECISION
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley NIEGA la solicitud hecha por el ciudadano HENRY JOSE BRICEÑO CAMPOS, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.723.754, del vehículo PLACAS NAT-337, MARCA CHEVROLET, MODELO MONZA, AÑO 1985, COLOR MARRÓN, SERIAL DE CARROCERÍA 5G69VFV336257, SERIAL DE MOTOR VFV336257, CLASE AUTOMOVIL, TIPO SEDAN, USO PARTICULAR, por no tratarse del mismo vehiculo retenido en la presente causa: asimismo ACUERDA LA ENTREGA DEL VEHICULO solicitado por el ciudadano MOIESES JAVIER AGUILERA PIAMO, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.308.820, el cual tiene las siguientes características PLACAS XCI-167, MARCA CHEVROLET, MODELO MONZA, AÑO 1986, COLOR GRIS DOS TONOS, TIPO: SEDAN, CLASE AUTOMOVIL, SERIAL DE CARROCERÍA 5G69VGV302871, SERIAL DE MOTOR VGV302871, la cual se hará en PLENA PROPIEAD, ordenándose librar Oficio al ESTACIONAMIENTO “EL MAGO”, con sede en LA Población de El Tejero Estado Monagas, a los fines de que proceda a la entrega del vehículo al ciudadano: MOIESES JAVIER AGUILERA PIAMO, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.308.820, quien actualmente es el Propietario legítimo del vehículo, con las características siguientes: PLACAS: XCI-167, MARCA: CHEVROLET, MODELO: MONZA, AÑO: 1986, COLOR: GRIS DOS TONOS, TIPO: SEDAN, CLASE AUTOMOVIL, SERIAL DE CARROCERÍA 5G69VGV302871, SERIAL DE MOTOR: VGV302871. Regístrese la presente decisión. Ofíciese al Estacionamiento y precédase a la devolución de los Documentos originales previa certificación en autos, así como de la presente decisión. Déjese copia de la presente decisión. Remítase al Ministerio Público en el lapso de Ley.
La Juez
ABG. DELMYS GAMERO DE CHAYAN
La Secretaria,
ABG. MARIA MERCEDES ROMERO