ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2011-002076

PARTE ACTORA: JUAN JOSE ZERPA

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogado JOSE ROSALES, Inpreabogado N° 141.703.

PARTE DEMANDADA: FARMACIA DIVINA PASTORA, C.A.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogada Belice Rosales, Inpreabogado N° 19.496.

MOTIVO: Diferencia de Prestaciones Sociales

En el día hábil de hoy,10 de Noviembre de 2011, siendo las 2:31 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el ciudadano JUAN JOSE ZERPA en su carácter de parte actora asistido por el apoderado judicial abogado José Rosales y el ciudadano Miguel del Carmen Martínez Méndez en su carácter de Socio Administrador FARMACIA DIVINA PASTORA, C.A. en su condición de parte demandada, debidamente asistida por la abogada Belice Rosales, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada pagará al demandante la cantidad de trece mil bolívares (Bs. 13.000,00) de la siguiente manera: Un primer pago el día 21/11/11 en la sede del Tribunal por la cantidad de cinco mil bolívares (Bs. 5.000,00) y Un segundo y último pago el día 28/11/11 por la cantidad de ocho mil bolívares (Bs. 8.000,00). Con estos pagos se dan por cancelados los siguientes conceptos reclamados en el libelo: indemnización por despido injustificado, indemnización sustitutiva de preaviso, antigüedad y pago del día libre o descanso. Declara el demandante que nada queda a deber la demandada ni por estos ni por ningún otro concepto. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se da por terminado el presente asunto y se ordena no archivar el expediente hasta tanto conste en actas la totalidad del pago acordado. Se regresan los escritos de pruebas y sus respectivos anexos.

El Juez

Abog. Antonio Barroso

La Secretaria

Los Presentes: