REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, nueve de noviembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: VP01-L-2011-001261
Visto el escrito presentado ante la Unidad de Recepción de Documentos, de este Circuito Judicial Laboral recibido en el día de hoy, donde el Ciudadano WILLIAM GOMEZ parte demandante en el presente asunto suficientemente identificado en autos, y debidamente asistido por el ciudadano abogado en ejercicio Fernando Guerra, inpreabogado numero: 155.040 dejan expresa constancia del desistimiento del procedimiento, en contra de la demandada: PDVSA Es por lo que, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA y da por consumado el desistimiento del mismo. ; Se imparte su aprobación pasándolo en autoridad de COSA JUZGADA. No se condena en costas a la parte demandante de conformidad con lo establecido en el artículo 62 de la Ley Orgánica procesal de Trabajo. Declarando terminado el presente asunto en el juicio que por Cobro de Diferencias de Prestaciones Sociales. Sigue el ciudadano ut supra mencionado en contra de la demandada arriba mencionada. Ordenando la continuación del proceso en contra de Servicios San Antonio Internacional y luego de la Notificación de la presente decisión a la procuraduría General de la Republica
El Juez
Abg. Frank Guanipa
La Secretaria
Abg. Alymar Ruza