ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2011-000828
PARTE ACTORA: GLADYS ESTHER GUTIERREZ DE MOLINA
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: GERALDINE SULENTIC
PARTE DEMANDADA: SERVICIO DE VENTAS Y ADMINISTRACIÓN COMPAÑIA ANONIMA, SERVICIO DE PERSONAL Y ADMINISTRACIÓN C.A., CENTRAL CIENTIFICA C.A. y JESUS RIQUELME
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Deysi Madueño, Jesús Socorro, Alfredo Machado
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy,23 de Noviembre de 2011, siendo las 10:09 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos GLADYS ESTHER GUTIERREZ DE MOLINA, SERVICIO DE VENTAS Y ADMINISTRACIÓN COMPAÑIA ANONIMA, SERVICIO DE PERSONAL Y ADMINISTRACIÓN C.A., CENTRAL CIENTIFICA C.A. y JESUS RIQUELME en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte co-demandada Central Científica ofrece la cantidad de quince mil Bolívares fuertes (Bs.F. 15.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar los cuales le serán entregados a la ciudadana extrabajadora el día lunes 28 de Noviembre de 2011 a las 11:00 a.m. por ante el tribunal. Las partes se comprometen a realizar lo conducente al trámite del INSTITUTO VENEZOLANO DEL SEGURO SOCIAL para la ciudadana extrabajadora. Así mismo se deja expresa constancia que la co-demandada Servicios de Ventas y Administración c.a. no pertenece al grupo económico co-demandado En este estado la apoderada actora acepto lo ofrecido libre de presión y con facultades para tal fin.. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes.


El Juez

La Secretaria

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes