REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 05 de Mayo de 2011
201º Y 152º
Visto el desistimiento presentado por la profesional del derecho IRENE GOTERA OCANDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 133.098, apoderada judicial de la sociedad mercantil BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL C.A., parte actora en la causa que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA intentara en contra de la sociedad mercantil INVERSIONES L.P C.A., en su carácter de deudora principal, y de los ciudadanos LEIN ADELSO PÉREZ PINEDA, LEVI SEGUNDO PÉREZ PINEDA, MARÍA YAJAIRA AZUAJE PAZ y SARA ANA PÉREZ DE PÉREZ, titulares de las cédulas de identidad Nos. 10.080.486, 7.873.539, 7.843.510 y 7.968.087 respectivamente, en su condición de fiadores solidarios, y por cuanto este Tribunal considera que el referido Desistimiento no lesiona derechos fundamentales protegidos por la Constitución Nacional ni ley especifica alguna, e igualmente se constató la facultad de la apoderada judicial para desistir del presente juicio, procede en consecuencia este órgano jurisdiccional a impartir la aprobación que se le requiere y, en consecuencia, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO realizado por la profesional del derecho IRENE GOTERA OCANDO, antes identificada, apoderada judicial de la sociedad mercantil BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL CA., todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros.
Asimismo, vista la solicitud de suspensión de medida realizada por la prenombrada profesional, este Tribunal en consecuencia y visto el desistimiento presentado, suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Juzgado en


fecha 19 de Noviembre de 2009, que recayera sobre los siguientes bienes: 1) un inmueble propiedad de LENIN ADELSON PÉREZ PINEDA y SARA ANA PÉREZ
DE PÉREZ, situado en la calle 13, antes La Granja o Camino Nuevo, en la población de Sant Rita, Municipio Sant Rita del Estado Zulia, formado por una vivienda unifamiliar tipo duplex de 02 plantas, y la parcela de terreno sobre la cual se encuentra edificada, con una superficie aproximada de 463,53 Mts comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: calle 13 La Granja con 11,28 Mts; SUR: propiedad que es o fue de Eladio Romero con 9,90 Mts; ESTE: propiedad que es o fue de Jairo Gil con 44,46 Mts y OESTE: propiedad que es o fue de José Gil con 43,64 Mts, todo según consta de instrumento protocolizado en fecha 17 de Febrero de 1998 por ante la Oficina Subalterna de Registro Público de los Municipios Santa Rita, Cabimas y Simón Bolívar del Estado Zulia, anotada bajo el N° 21, protocolo 1° Tomo 7°. 2) Inmueble propiedad de la sociedad mercantil INVERSIONES L.P C.A. situado en la avenida Bicentenaria, en el sector Cuatro Bocas del Municipio Santa Rita del Estado Zulia, formado por una edificación para oficinas administrativas, y la parcela de terreno sobre la cual fue edificada, la cual tiene una superficie aproximada de 2.747,37 Mts, comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: terrenos ejidos y mide 26,04 Mts; SUR: avenida Bicentenaria con 29,09 Mts; ESTE: propiedad que es o fue de Víctor Naveda con 106,49 Mts y OESTE: propiedad que es o fue de Santiago Romero con 109,84 Mts. todo según consta de documento Protocolizado en fecha 28 de Julio de 1999 por ante la Oficina Subalterna de Registro Público de los Municipios Santa Rita, Cabimas y Simón Bolívar del Estado Zulia anotado bajo el N° 7; Protocolo 1° Tomo 3°, y las construcciones tal como consta de documento protocolizado en fecha 09 de Agosto de 1999 por ante la Oficina Subalterna de Registro Público de los Municipios Santa Rita, Cabimas y Simón Bolívar del Estado Zulia, anotado bajo el N° 47, Protocolo 1° Tomo 3°.- Ofíciese a las Oficinas de Registro respectivas a los fines de participarle la suspensión de la medida.
De igual forma, homologado como fuera el desistimiento presentado, este Tribunal ordena la devolución de los originales consignados previa certificación en actas de los mismos, siendo que, una vez entregados estos se ordena el ARCHIVO del presente expediente.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en los ordinales 3° y 9° del Artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformidad en lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y 1.384 del Código Civil.

Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en Maracaibo a los cinco (05) día del mes de Mayo de Dos Mil Once. Año: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO LA SECRETARIA

DR. CARLOS RAFAEL FRÍAS DRA. MARIA ROSA ARRIETA FINOL

En la misma fecha se dictó y publicó la anterior Resolución, quedando anotada bajo el N° 13
LA SECRETARIA

DRA. MARIA ROSA ARRIETA FINOL






















REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
MARACAIBO

Exp. 12799
Maracaibo, 05 de Mayo de 2011
201º y 152º
602-2011
REGISTRADOR SUBALTERNO DE LOS MUNICIPIOS SANTA RITA, CABIMAS Y SIMÓN BOLÍVAR DEL ESTADO ZULIA.
SU DESPACHO.-
Comunícole a usted que este Tribunal, en el juicio que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA introdujera BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL C.A. contra la sociedad mercantil INVERSIONES L.P. CA y de los ciudadanos LEIN ADELSO PÉREZ PINEDA, LEVI SEGUNDO PÉREZ PINEDA, MARÍA YAJAIRA AZUAJE PAZ y SARA ANA PÉREZ DE PÉREZ, titulares de las cédulas de identidad Nos. 10.080.486, 7.873.539, 7.843.510 y 7.968.087 respectivamente, ha ordenado oficiarle a fin de participarle que se ha suspendido la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Juzgado en fecha 19 de Noviembre de 2009, que recayera sobre los siguientes bienes: 1) un inmueble propiedad de LENIN ADELSON PÉREZ PINEDA y SARA ANA PÉREZ DE PÉREZ, situado en la calle 13, antes La Granja o Camino Nuevo, en la población de Sant Rita, Municipio Sant Rita del Estado Zulia, formado por una vivienda unifamiliar tipo duplex de 02 plantas, y la parcela de terreno sobre la cual se encuentra edificada, con una superficie aproximada de 463,53 Mts comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: calle 13 La Granja con 11,28 Mts; SUR: propiedad que es o fue de Eladio Romero con 9,90 Mts; ESTE: propiedad que es o fue de Jairo Gil con 44,46 Mts y OESTE: propiedad que es o fue de José Gil con 43,64 Mts, todo según consta de instrumento protocolizado en fecha 17 de Febrero de 1998 por ante la Oficina Subalterna de Registro Público de los Municipios Santa Rita, Cabimas y Simón Bolívar del Estado Zulia, anotada bajo el N° 21, protocolo 1° Tomo 7°. 2) Inmueble propiedad de la sociedad mercantil INVERSIONES L.P C.A. situado en la avenida Bicentenaria, en el sector Cuatro Bocas del Municipio Santa Rita del Estado Zulia, formado por una edificación para oficinas administrativas, y la parcela de terreno sobre la cual fue edificada, la cual tiene una superficie aproximada de 2.747,37 Mts, comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: terrenos ejidos y mide 26,04 Mts; SUR: avenida Bicentenaria con 29,09 Mts; ESTE: propiedad que es o fue de Víctor Naveda con 106,49 Mts y OESTE: propiedad que es o fue de Santiago Romero con 109,84 Mts. todo según consta de documento Protocolizado en fecha 28 de Julio de 1999 por ante la Oficina Subalterna de Registro Público de los Municipios Santa Rita, Cabimas y Simón Bolívar del Estado Zulia anotado bajo el N° 7; Protocolo 1° Tomo 3°, y las construcciones tal como consta de documento protocolizado en fecha 09 de Agosto de 1999 por ante la Oficina Subalterna de Registro Público de los Municipios Santa Rita, Cabimas y Simón Bolívar del Estado Zulia, anotado bajo el N° 47, Protocolo 1° Tomo 3°.
. Comunicación que se hace a los fines legales consiguientes.-
DIOS Y FEDERACIÓN

ABG. CARLOS RAFAEL FRÍAS
-JUEZ PROVISORIO -





























CRF/cae
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Av. 2 El Milagro entre calles 84 y 83-A antiguo Edificio Banco Mara.