REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS
MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA

COMISION 5072-11

En el día de hoy Cuatro (04) de Mayo del año dos mil once (2011), siendo las diez y cuarenta minutos de la mañana (10:40 a.m.), de conformidad con lo acordado y a pedimento de parte, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en un inmueble conformado por un local donde funciona el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, ubicado en el Centro Comercial Clodomira, calle 72, entre avenidas 4 y 8, piso 2, oficinas 304 y 305, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, sitio señalado por la endosataria en procuración de la parte actora, abogada en ejercicio RUTH CALDERON MEDINA, portadora de la Cédula de Identidad No. 9.700.746, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 40.906, a objeto de llevar a efecto la ejecución de la MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVA, decretada por el TRIBUNAL UNDECIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo del juicio que por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, sigue la ciudadana MARIA EUGENIA GUERRA, venezolana, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad No. V-9.723.386, en contra del ciudadano LUIS ERNESTO CORZO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V-13.653.355. Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada procede a notificar de su misión al ciudadano LUIS ALFREDO RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.825.156, quien se identificó como Registrador Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. En este estado presente la endosataria en Procuración la parte actora abogada en ejercicio RUTH CALDERON MEDINA, antes identificada, expuso: “Solicito darle cumplimiento al presente despacho en el Registro Mercantil Tercero donde se encuentra constituido este Tribunal a tales fines señalo para ser Embargadas las TREINTA Y TRES MIL (33.000) acciones que posee el ciudadano LUIS ERNESTO CORZO, identificado ut-supra, en la Sociedad Mercantil “SAL ZULIANA, C.A, inscrita ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha 16 de mayo de 1991, anotada bajo el No. 40, Tomo 8-A, tal como debe evidenciarse en el expediente de la Sociedad Mercantil antes identificada, que requiero de este Tribunal le pida al notificado sea exhibido en este acto”. Acto seguido el Tribunal visto el pedimento hecho por la endosataria en Procuración la parte actora abogado en ejercicio RUTH CALDERON MEDINA, antes identificada, requiere al notificado exhiba el expediente de la Sociedad Mercantil antes señalada. Acto seguido el notificado, ciudadano LUIS ALFREDO RIVAS, antes identificado, en su condición de Registrador Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, coloca a disposición del Tribunal el expediente 7144 de la empresa solicitada. Seguidamente el Tribunal teniendo a su vista el expediente Nro. 7144 de la Sociedad Mercantil “SAL ZULIANA, C.A.”, antes identificada, procede a verificar que la parte demandada ciudadano LUIS ERNESTO CORZO, antes identificado, es propietario de un total de TREINTA Y TRES MIL (33.000) acciones con un valor nominal de UN BOLIVAR (Bs. 1,oo), para un total de TREINTA Y TRES MIL BOLIVARES (Bs. 33.000,oo), según se evidencia del Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionista de fecha 17 de Febrero de 2009, inserta por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 21 de abril de 2009, bajo el No. 29, Tomo 41-A.. Este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, dándole cumplimiento a la presente comisión, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara formalmente EMBARGADAS PREVENTIVAMENTE las TREINTA Y TRES MIL (33.000) acciones con un valor de TREINTA Y TRES MIL BOLIVARES (Bs. 33.000,oo), propiedad de la parte demandada, ciudadano LUIS ERNESTO CORZO, antes identificado, las cuales forman parte del capital de la Sociedad Mercantil “SAL ZULIANA, C.A.”, inscrita ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha 16 de mayo de 1991, anotada bajo el No. 40, Tomo 8-A, expediente Nro. 7144. Así mismo se ordena a la persona notificada a estampar la nota correspondiente e insertar la presente acta en el expediente signado con el No. 7144, nomenclatura de este registro. Acto seguido, la endosataria en procuración de la parte actora, abogada RUTH CALDERON, expuso: Me reservo el derecho de seguir indicando bienes de la propiedad de la parte demandada hasta cubrir el monto de lo reclamado en la señalada causa. Finalmente, el Tribunal hace constar que no ha recibido ni exigido pago alguno, emolumentos, tasas ni dádivas en el cumplimiento de la presente comisión, y así lo hacen constar las partes firmantes e intervinientes en este acto, ello en cumplimiento de los artículos 26 y 254 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, que consagra la gratuidad de la justicia. Se ordena expedir una (1) copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó se leyó y conformes firman, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), del día hoy.
LA JUEZ,


DRA. MARTHA ELENA QUIVERA.-
EL NOTIFICADO – REGISTRADOR LA APODERADA JUDICIAL
MERCANTIL TERCERO DE LA PARTE EJECUTANTE



EL SECRETARIO


ANIBAL ANTONIO PERNIA PRIETO