REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas Y Adolescentes.
Cabimas, 23 de mayo de 2011
201° y 152°
Asunto No. VP21-J-2011-000699
Sentencia Interlocutoria No. 1033-11.
Solicitud: DIVORCIO 185-A.
Solicitantes: ISMAEL JOSE VILLALOBOS MANRIQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.892.867, y CARMEN NATALI ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.036.290.
Abogada Asistente: YANET MANRIQUE TALAVERA, Inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 13.202.
Comparecen por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia con sede en Cabimas, en fecha 27/04/2011, los ciudadanos ISMAEL JOSE VILLALOBOS MANRIQUE y CARMEN NATALI ROJAS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.892.867 y V-13.036.290 respectivamente, domiciliados en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, legalmente asistidos en este acto por la abogada en ejercicio YANET MANRIQUE TALAVERA, Inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 13.202, quienes solicitaron se declare disuelto el matrimonio civil que los vincula, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil, alegando estar separados de hecho por mas de cinco (05) años, situación esta que persiste hasta la presente fecha.
En fecha veintisiete (27) de Abril de 2011, se le dio entrada, se anotó en los libros respectivos y se admitió la presente solicitud.
En el día de hoy veinte (20) de mayo de 2011, se constituye el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, presidido por el Juez Carlos Luís Morales García, con la asistencia de la Secretaria Abogada Yajaira Josefina Chirinos Montero, el funcionario designado por la Unidad de Alguacilazgo, a los fines de que se tenga lugar la AUDIENCIA ÚNICA prevista en el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en la causa signada con el Nº VP21-J-2011-000699, contentivo de la Solicitud de Divorcio 185-A de conformidad a lo previsto en el parágrafo segundo del articulo 177 de la LOPNNA, solicitada por los ciudadanos ISMAEL JOSE VILLALOBOS MANRIQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.892.867, y CARMEN NATALI ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.036.290. Acto seguido, se anuncia la audiencia y se deja constancia que no se encuentran presentes los solicitantes ciudadanos ISMAEL JOSE VILLALOBOS MANRIQUE, y CARMEN NATALI ROJAS anteriormente identificados. Seguidamente el Juez en vista de la no comparecencia de las partes del presente asunto, da por concluida la audiencia, en consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el procedimiento y EXTINGUIDA LA INSTANCIA, de conformidad con lo previsto en el Articulo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en relación de la solicitud de Divorcio 185-A, presentada por los ciudadanos ISMAEL JOSE VILLALOBOS MANRIQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.892.867, y CARMEN NATALI ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.036.290.
Publíquese. Regístrese y Déjese copia certificada por secretaria de conformidad con el artículo 248 del código de procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil, y los numerales 3 y 9 del Articulo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y expídase copias certificadas a sus presentantes.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juez Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, a los veintitrés (23) días del mes de mayo del dos mil once (2.011) Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
EL JUEZ,
ABOG. CARLOS LUIS MORALES GARCIA
LA SECRETARIA.
ABOG. YAJAIRA CHIRINOS
En esta misma se dicto y publico el fallo que antecede quedando registrado bajo el Nº 1033-11, en el libro de sentencias interlocutorias llevado por este Tribunal
LA SECRETARIA.
ABOG. YAJAIRA CHIRINOS
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