REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Cuarto de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 11 de Mayo de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2011-002366
ASUNTO : NP01-P-2011-002366


Corresponde a este Tribunal decidir sobre la DESESTIMACIÓN solicitada por la Fiscal Cuarto del Ministerio Publico del Estado Monagas, Abg. JESUS PAUL NUÑEZ RODRIGUEZ, conforme lo que establece el Artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar que los hechos de marras y que fueron denunciados no revisten carácter penal, este Tribunal para decidir sobre la solicitud observa:
Señala el Artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal lo siguiente:

“Desestimación. El Ministerio Público, dentro de los quince días siguientes a la recepción de la denuncia o Querella, solicitará al Juez de Control, Mediante escrito motivado, su desestimación, cuando el hecho no revista carácter penal o cuya acción está evidentemente prescrita, o exista un obstáculo legal para el desarrollo del proceso.”

Vistas las actuaciones signadas con la nomenclatura interna de este Tribunal bajo el Nro. NP01-P-2011-0002366, se donde se puede evidenciar claramente que en fecha 16-02-2011, el ciudadano AMADO DOMINGUEZ ORTEGA, actuando en su condición de Presidente de la Sociedad Mercantil Panadería Coromoto, C.A, en la cual interpone la presente denuncia: “ Es el caso ciudadano Fiscal que mi representada tiene aproximadamente 20 años realizando su actividad comercial principal, en la Avenida Enrique Chaumer Caripe, Municipio Caripe del Estado Monagas, de lo cual cuenta con una infraestructura instalada en un area de tres galpones … cursa ante el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, expediente signado con el Nro. 31686, … mediante la cual los apoderados Judiciales de la Ciudadana Carmen Aurora León de López, … INTERPUSIERON DEMANDA FORMAL, por incumplimiento de contrato de arrendamiento Suscrito entre la Ciudadana Carmen Aurora León de López … y Luís Domingo López, … quien actuó en esa oportunidad en su condición de Vicepresidente de la Sociedad Mercantil Panadería Coromoto… en mi carácter de Presidente desconocía la existencia del referido contrato… comprometiendo en forma irresponsable a la sociedad mercantil… el 09 de Julio de 2008 consigna solicitud de declaratoria de titulo supletorio… el referido titulo fue realizando en forma fraudulenta … “.

Evidenciándose que de las actuaciones que los hechos denunciados no revisten carácter penal, y son de naturaleza netamente civil, que deben ventilarse ante los Tribunales correspondientes; existiendo inclusive una demanda que aun se encuentra en proceso, ante el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, expediente signado con el Nro. 31686, no estableciéndose hasta este momento procesal ninguna circunstancia que derive a la aplicación de la materia penal; y en virtud a ello es procedente lo solicitado por el Representante de la Vindicta Pública de conformidad con lo preceptuado en el Artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal ORDENA LA DESESTIMACIÓN solicitada. Por todo lo expuesto, se devuelven las actuaciones a la Fiscalia Cuarta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, para que las archive, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 302 del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide.


UNICO.

Revisadas como han sido las presentes actuaciones, en consecuencia este Tribunal CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DESESTIMA la presente Averiguación, en virtud de que no están dados los requisitos exigidos por el Legislador, todo de conformidad a lo establecido en el Artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal, y se acuerda devolver las actuaciones a la Fiscalia correspondiente a los fines de su archivo. Líbrese lo conducente. Notifiques a las partes. Cúmplase.

La Juez


ABG. MIRLA ELIZABETH ABANERO DE VIVAS

La Secretaria


ABG. MAIGUALIDA INAGA