REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DECIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN MARACAIBO.
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, veinticuatro de marzo de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO : VP01-L-2010-000214
DECRETO DE EJECUCIÓN VOLUNTARIA
PARTE ACTORA: YERALDINE VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.457.380, domiciliada en la ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: CARLOS RAMIREZ, NERIO CORDERO, ELIO NIETO, LEONELA LOPEZ, LAURA GONZALEZ y YORYANA NAVA, Inpreabogados: 81.657, 43.696, 103.456, 128.612, 133.620 y 105.255, respectivamente.
PARTE EMANDADA: Sociedad Mercantil ANGEL OCHOA C.A, mejor conocida como Agencia de Lotería Lia.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: no nombraron representante judicial.
MOTIVO: Prestaciones Sociales.
Vista la diligencia presentada por la abogada en ejercicio LEONELA LOPEZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora; mediante la cual, solicita se decrete la ejecución voluntaria; y por cuanto la Sociedad Mercantil ANGEL OCHOA C.A, mejor conocida como Agencia de Lotería Lia., hasta la fecha no ha cumplido con la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 10 de noviembre de 2010, en cumplimiento con lo ordenado por el Tribunal Superior Cuarto de este Circuito Judicial Laboral en fecha 19 de octubre de 2010; este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, DECRETA SU EJECUCIÓN. En consecuencia, la parte demandada deberá dentro de los TRES (3) DIAS HABILES siguientes a la presente fecha, dar cumplimiento voluntario; y cancelar a la ciudadana YERALDINE VELASQUEZ, la cantidad de TREINTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 22/100 BOLÍVARES (Bs. 34.455,22); todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 180 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.
La Juez
El Secretario
Mgs. Judith del Carmen Castro
Abog. Melvin Navarro.