ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2010-002008
PARTE ACTORA : ZULAIMA FUENMAYOR
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: Maria Rendón
PARTE DEMANDADA: TAXIS CALSERVI, ANGEL RAMIREZ y JOSE SUDANO
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: Beatriz Fernández
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy,4 de Mayo de 2011, siendo las 4:00 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos ZULAIMA FUENMAYOR, TAXIS CALSERVI, ANGEL RAMIREZ y JOSE SUDANO en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de dos mil quinientos bolívares fuertes (Bs.F. 2.500,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar los cuales le serán entregados al ciudadano extrabajador de la siguiente manera: para el día 6 de Junio de 2011 la cantidad de mil Bolívares (Bs.F. 1.000,00) para el día miércoles 6 de Julio de 2011 la cantidad de mil Bolívares fuertes (Bs.F. 1.000,00) y para el día viernes 5 de Agosto de 2011 la cantidad de quinientos Bolívares fuertes (Bs.F. 500,00) para completar lo ofrecido y aceptado. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente.. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes.


El Juez

La Secretaria

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes