ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2011-000278
PARTE ACTORA: LUIS GERALDO GONZALEZ MACHADO
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: WENDY ECHEVERRIA
PARTE DEMANDADA: GRANJA AVICOLA DON LEON y HENRY FUENMAYOR
ABOGADO ASITENTE DE LA PARTE DEMANDADA: Mathew Sulentic
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy,4 de Mayo de 2011, siendo la, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos LUIS GERALDO GONZALEZ MACHADO, la sociedad de hecho GRANJA AVICOLA DON LEON y HENRY FUENMAYOR en su carácter de parte actora y co-demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece y entrega en este acto la cantidad de cinco mil Bolívares fuertes (Bs.F. 5.000,00) a través de cheque girado en contra de la Institución Financiera B.O.D. Banco Occidental de Descuento signado bajo el numero: 04086257 del cual se deja copia simple para ser agregado al expediente. Para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar, dicho instrumento es enviado al departamento correspondiente objeto de los tramites legales para la apertura de cuenta a favor del ciudadano extrabajador.. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes.


El Juez

La Secretaria

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes