ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2011-000907
PARTE ACTORA: DANIEL ANTONIO FANEITE
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: ALVARO ANTONIO TELLES SUAREZ, GLORIA PALOMINO SANCHEZ
PARTE DEMANDADA: ESTACIÓN DE COMBUSTIBLE PUENTE UNIÓN
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Antonio Pernalette
MOTIVO: Prestaciones Sociales.
En el día hábil de hoy,27 de Mayo de 2011, siendo las 2:19 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos DANIEL ANTONIO FANEITE y ESTACIÓN DE COMBUSTIBLE PUENTE UNIÓN en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de trece mil seiscientos noventa y dos bolívares fuertes con treinta y un céntimos (Bs.F. 13.692,31) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar los cuales le serán entregados al ciudadano extrabajador por ante el tribunal a las 11:00 a.m. el día miércoles 15 de Junio de 2011. En cuanto a lo reclamado por concepto de la presunta falta en el pago de los beneficios del Seguro Social Obligatorio y La ley de Política Habitacional la demandada se compromete al término de noventa (90) días siguientes al pago y/o a traer los comprobantes correspondientes antes mencionados. En este estado el apoderado actor aceptó lo ofrecido libre de presión y con facultades para tal fin. . Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes.
El Juez
La Secretaria
Abg. Frank Guanipa
Los Presentes
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