REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia

Maracaibo, cinco de mayo de dos mil once
201º y 152º


ASUNTO: VP01-R-2010-000574

ACTA


Se continuó el acto por el Juez MIGUEL AGUSTÍN URIBE HENRÍQUEZ, con la presencia de la Secretaria Lisseth Pérez y el Alguacil Orlando Montenegro.

Constituido el Tribunal en el Salón de Audiencias del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, siendo las 12:00 m hora en la cual se procedió a dictar el dispositivo del fallo, en relación con el recurso de apelación ejercido por la parte demandante y la parte demandada CONSORCIO PROYECTO MARACAIBO (CPM), contra la decisión de fecha 23 de noviembre de 2010, dictada por el Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Zulia con sede en Maracaibo, en el juicio que sigue el ciudadano ENMANUEL SEGUNDO BORGES DÍAZ frente a la sociedad mercantil CONSORCIO PROYECTO MARACAIBO (CPM) y solidariamente METRO DE MARACAIBO, C.A.

Se deja constancia de la asistencia a este acto de los abogados Richard Portillo y Eleidys Borges en representación de la parte demandante, asimismo, se deja constancia de la comparecencia de la abogada Alba Santeliz, en representación de la parte demandada CONSORCIO PROYECTO MARACAIBO (CPM).

Seguidamente, el Juez procedió a dictar el dispositivo del fallo en los siguientes términos: Por lo expuesto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandante, contra la decisión de fecha 23 de noviembre de 2010, dictada por el Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Zulia con sede en Maracaibo. 2) PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandada CONSORCIO PROYECTO MARACAIBO (CPM), contra la mencionada decisión. 3) SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano ENMANUEL SEGUNDO BORGES DÍAZ en contra del METRO DE MARACAIBO, C.A. 4) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano ENMANUEL SEGUNDO BORGES DÍAZ frente a la sociedad mercantil CONSORCIO PROYECTO MARACAIBO (CPM). 5) SE MODIFICA el fallo apelado. 6) SE CONDENA en costas procesales a la parte demandante de conformidad con el artículo 61 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del presente fallo, con la motivación y demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena la publicación de la presente Acta.

Se deja constancia de la imposibilidad de reproducción audiovisual de la presente continuación de audiencia de apelación, en virtud de que el sistema operativo para grabar las audiencias se encuentra inhabilitado debido a que dentro de sus funciones no está el trabajar a altas temperaturas tomando en consideración que los aires acondicionados que funcionan en la Sede Judicial de Maracaibo, donde se encuentra este Circuito Judicial Laboral, se encuentran averiados.

EL JUEZ,


MIGUEL A. URIBE HENRÍQUEZ


EL ACTOR


LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE RECURRENTE


LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE CODEMANDADA RECURRENTE


LA SECRETARIA


LISSETH PÉREZ