REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 4
EXPEDIENTE: 04156
SOLICITUD: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTE: MAGALLYS TOBOZO PRIMERA
ADOLESCENTES: I(SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD)
PARTE NARRATIVA
Ocurrió por ante el órgano distribuidor del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, la ciudadana MAGALLYS DEL CARMEN TOBOZO PRIMERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.065.739, domiciliada en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia; asistida por el abogado MANUEL SEGUNDO NEGRETTE, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 105.456; solicitando se le declare en su condición de cónyuge, a los adolescentes (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD), y a los ciudadanos MAURICIO RAFAEL AMESTY TOBOZO, MAYVA ELIZABETH AMESTY TOBOZO, en su condición de hijos como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante YVAN ANTONIO AMESTY, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.628.178, fallecido ab-intestato el día 13 de noviembre de 2010.
Recibida la anterior solicitud, se le dio entrada y curso de Ley a la misma, se acordó la notificación del Fiscal del Ministerio Público, la cual se llevo a efecto en fecha 04 de marzo de 2011; oir la opinión de los adolescentes de autos, quienes ejercieron su derecho a opinar y ser oídos en fecha 22 de marzo de 2011.
PARTE MOTIVA
La solicitante consignó copia certificada del acta de defunción del causante signada con el N° 920 emanada del Registro Civil de la Parroquia San Francisco Municipio San Francisco del Estado Zulia; copia certificada del acta de nacimiento de los adolescentes (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD), signada con el N° 3815 emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia San Francisco Municipio San Francisco del Estado Zulia; (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD), signada con el N° 3.620 emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá Municipio Maracaibo del Estado Zulia; copia certificada del acta de nacimiento de los ciudadanos MAYVA ELIZABETH AMESTY TOBOZO, signada con el N° 3410 emanada de la Jefatura Civil de la parroquia San Francisco Municipio San Francisco del Estado Zulia; MAURICIO RAFAEL AMESTY TOBOZO, signado con el N° 3939 emanado de la Jefatura Civil de la Parroquia San Francisco Municipio San Francisco del Estado Zulia. Copia certificada del acta de matrimonio entre la ciudadana Magallys del Carmen Tobozo Primera y el causante, signado con el N° 28 emanada de la Jefatura Civil del MunicipioSan Francisco del Estado Zulia. Tales pruebas se valoran favorablemente pues merecen fe pública, no han sido objeto de tacha de falsedad y demuestran la filiación, así como el fallecimiento del causante.
Igualmente consignaron las solicitantes Justificativos de Testigos evacuados por ante la Notaría Pública de San Francisco, donde declararon los ciudadanos KERVIS MARIO ROSALES TOBOZO, LILIANA DOLORES GONZALEZ PUCHE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-18.121.523, 7.710.935 respectivamente; tal prueba testifical se aprecia en todo su valor probatorio, puesto que los testigos afirman de manera conteste la existencia de la vocación hereditaria alegadas por las solicitantes.
En consecuencia, se concluye en la veracidad de los hechos alegados; por la cuál este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 4, debe declarar a los adolescentes (SEOMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD), y a los ciudadanos MAGALLYS DEL CARMEN TOBOZO PRIMERA, MAURICIO RAFAEL AMESTY TOBOZO y MAYVA ELIZABETH AMESTY TOBOZO como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante YVAN ANTONIO AMESTY. ASI SE DECLARA.-
PARTE DISPOSITIVA
DECISION
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara a los adolescentes (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD), y a los ciudadanos MAGALLYS DEL CARMEN TOBOZO PRIMERA, MAURICIO RAFAEL AMESTY TOBOZO y MAYVA ELIZABETH AMESTY TOBOZO como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante YVAN ANTONIO AMESTY como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante ANGEL RAFAEL CHIRINOS CUICAS, quién falleció en jurisdicción del Municipio San Francisco del Estado Zulia, según acta de defunción consignada. Se dejan a salvo los derechos a terceros.
Expídase copia certificada por secretaría del presente fallo y devuélvase sus originales a la parte interesada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 4 del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, a los 25 días del mes de marzo de 2011. Años 200º de la Independencia y 152º de la Federación.
EL JUEZ UNIPERSONAL N° 4 LA SECRETARIA
ABOG. MARLON BARRETO RIOS ABOG. LORENA RINCON PINEDA
EN ESTA MISMA FECHA SE REGISTRO LA ANTERIOR RESOLUCION EN EL LIBRO DE SENTENCIAS DEFINITIVAS LLEVADO POR ESTE TRIBUNAL EN EL PRESENTE MES Y AÑO BAJO EL N° 74. LA SECRETARIA.-
MBR/natalia
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