REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia

COMISION No. 5.028.-

En el día de hoy, cuatro (04) de Marzo del dos mil once (2011), siendo las once de la mañana (10:30 AM), de conformidad con lo acordado y a pedimento de la parte actora, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNINICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa GRUPO GLOBUS, C.A (GLOBUSCA), ubicada en la Av. 4 Bella Vista con calle 70, edificio Ferley, local No. 03 del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, sitio señalado por la parte actora a objeto de llevar a efecto la medida decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 02, con motivo del juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION, incoada por la ciudadana ETHEL LUCIA MENDOZA PARRA, portadora de la Cédula de Identidad No. E-83.368.704, en contra del ciudadano MAMADOU SALIOU SENE, portador de la cedula de identidad No. E- 84.281.460. Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada, encontramos el local totalmente cerrado se hicieron varios llamados al interior del mismo sin obtener respuesta alguna, por lo que se procedió a dar un tiempo prudencial a los fines que haga acto de presencia algún personal que labore para la empresa GRUPO GLOBUS, C.A, transcurrido dicho tiempo el Tribunal procede a solicitar información en el local No. 4, subsiguiente al local donde se encuentra constituido, para verificar si la empresa para la cual labora el ciudadano funciona y cual es su horarios. Acto seguido el Tribunal notifica de su misión al ciudadano KELVIS TORRES, venezolano, mayor de edad, portador de la Cedula de Identidad No. V- 19 845.492, manifestando ser trabajador de la empresa FERREHERMAR C.A, situada en el local de lado, quien informó a este Tribunal que la empresa GRUPO GLOBUS C.A tiene tiempo que no funciona, y la misma no asiste ninguno de sus trabajadores. Es todo. Acto seguido este Tribunal vista la exposición hecha por el ciudadano KELVIS TORRES, antes identificado y en virtud de que ha transcurrido un tiempo prudencial acuerda el regreso a la sede del despacho y remitir la presente Comisión al Juzgado de la causa en el estado en que se encuentra a los fines de Ley, debido a la imposibilidad material para llevar a efecto la ejecución de la presente medida.- Es todo terminó, se leyó y conformes firman, siendo las doce y quince minutos de la tarde (12:15 PM).-
LA JUEZ

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA,
LA SECRETARIA TEMPORAL