REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
COMISIÓN: 5002-11
En el día de hoy lunes Catorce (14) de Marzo de dos mil once (2011), siendo las diez y veinte minutos de la mañana ( 10:20 a.m.), de conformidad con lo acordado, a pedimento de parte y con la habilitación del tiempo que fuere necesario, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de Corpoelec antes Enelven, ubicada en la kilómetro 8 vía Perijá, Jurisdicción de la Parroquia Luís Hurtado Higuera-Marcial Hernández del Municipio San Francisco del Estado Zulia, previa notificación hecha al ciudadano JOEL ANGARIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 13.758.736, quien se identifico como Jefe de Seguridad de la mencionada empresa (PCP), y quien autorizo el acceso del tribunal a dicha sede, sitio señalado por la apoderada judicial de la parte actora abogada MARINET NAVA FUENMAYOR, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V-19.073.101, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 148.310, a objeto de llevar a efecto la ejecución de la MEDIDA DE SECUESTRO decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 04, expediente Nro.18.341, con motivo del juicio que por DIVORCIO ORDINARIO sigue la ciudadana YANIS RAMONA GUTERREZ FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V-15.097.868, en contra del ciudadano JHON FOUAD KHLEID RIVAS, venezolano, mayor de edad, Titular de la cédula de identidad No. V-7.859.052. Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada procede a notificar de su misión al ciudadano JHON FOUAD KHLEID RIVAS, venezolano, mayor de edad, Titular de la cédula de identidad No. V-7.859.052, parte demandada en el presente juicio, a quien se le informó que podía comunicarse con un abogado de su confianza para que los asista. Acto seguido el Tribunal procede a designar como Perito Avaluador al ciudadano ALBERTO JOSE NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.510.222, con domicilio en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, quien estando presente aceptó el cargo y fue juramentado de la manera siguiente: Jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en su persona; y contestó: “Lo Juro”. Acto seguido el Tribunal procede a designar como Secuestratario Judicial del bien mueble objeto de la presente medida de secuestro a la DEPOSITARIA JUDICIAL SANTA MARIA C.A. (DEPOSACA), representada en este acto por el ciudadano ALBERTO JOSE NAVARRO, antes identificado, quien estando presente expuso: “En nombre de mi representada acepto el cargo recaído en la misma, procediendo el Tribunal a tomarle el juramento de Ley de la manera siguiente: En nombre de su representada jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en la misma?; y contestó: “Lo Juro”. En este estado presente la apoderada judicial de la parte actora abogada en ejercicio MARINET NAVA FUENMAYOR, antes identificada, quien expuso: “Solicito a este Juzgado Ejecutor de Medidas proceda a ejecutar la medida de secuestro para lo cual ha sido comisionado, sobre el vehículo marca: HAFEI, plenamente identificado en el despacho de comisión, el cual se encuentra aquí estacionado donde esta constituido este Juzgado”. Acto seguido el Tribunal ordena al perito designado en este acto a identificar el vehículo objeto de la presente medida. Trátese de un vehículo Automotor MARCA: HAFEI, TIPO: SPORT WAGON, PLACAS: VCN63A SERIAL DE CARROCERIA: LKHGF1AH57AC00282, SERIAL DE MOTOR: 6708929HB MODELO: MINYI, AÑO: 2007, COLOR: ARENA METALIZADO, CLASE: CAMIONETA, *329AK674282, USO: PARTICULAR, el mismo consta con las siguientes condiciones: presenta latonería en buenas condiciones y pintura regulares condiciones, tablero, aire acondicionado dañado, posee equipo de sonido, posee retrovisor en ambos lados e internos, la tapicería en regulares condiciones, posee cuatro cauchos en uso en buenas condiciones, mas quinto caucho de repuesto, en regulares condiciones, tiene gato de repuesto, es todo. Este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, dándole cumplimiento al presente exhorto, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara formalmente SECUESTRADO, el vehículo automotor MARCA: HAFEI, TIPO: SPORT WAGON, PLACAS: VCN63A SERIAL DE CARROCERIA: LKHGF1AH57AC00282, SERIAL DE MOTOR: 6708929HB MODELO: MINYI, AÑO: 2007, COLOR: ARENA METALIZADO, CLASE: CAMIONETA, *329AK674282, USO: PARTICULAR haciendo formal entrega a la DEPOSITARIA JUDICIAL SANTA MARIA C.A. (DEPOSACA), representada por el ciudadano ALBERTO JOSE NAVARRO, antes identificado, quien declara recibirlo en este acto en las condiciones arriba mencionadas, asimismo se ordena agregar copia fotostática del CERTIFICADO DE CIRCULACION del vehículo antes señalado en un folio útil, presentado en este acto por la parte demandada ciudadano JHON FOUAD KHLEID RIVAS, antes identificado. Este Tribunal Ejecutor de Medidas deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y así lo hacen constar las partes intervinientes y firmantes de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las doce y cuarenta minutos de la tarde (12:40 P.M), del día de hoy.
LA JUEZ
DRA. MARTHA ELENA QUIVERA
EL NOTIFICADO PARTE DEMANDADA JEFE DE SEGURIDAD
DE CORPOELEC.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE
PERITO Y REPRESENTANTE DE LA DEPOSITARIA LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG KARENNUÑEZ
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