REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia


COMISION No. 5.035.-

En el día de hoy, 11 de Marzo del año dos mil once, siendo las 10:05 AM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa COCA-COLA FEMSA S.A, ubicada en el kilómetro 5, vía el Mojan, Zona Industrial Norte sector Canchancha del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida preventiva de Embargo decretada por el JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 01. EXP: No. 18925. Con motivo del Juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION seguido por la ciudadana BETZY ANDREINA GONZALEZ PEREZ, portadora de la Cédula de Identidad No. 17.952.535, actuando en interés y beneficios del niño XXXXXXXXXXXX en contra del ciudadano VALENTIN RAFAEL CASTELLANO TARRA, portador de la Cédula de Identidad No. 17.096.215.- En este estado presente el ciudadano (a): JORGE ANGEL CRUZ, titular de la Cédula de Identidad No. 18.991.665, quién se identifico con el carácter de COORD. ADMINISTRATIVO DE PERSONAL. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa decretó Medida de Embargo Provisional ordenando retener: A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) del sueldo que devenga el ciudadano VALENTIN RAFAEL CASTELLANO TARRA, portador de la Cédula de Identidad No. 17.096.215, al servicio de la Empresa COCA COLA FEMSA S.A DE C.V. B) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre las utilidades, aguinaldos o bonificación especial de fin de año, que pueda corresponderle al reclamado de autos.- C) EL CIEN POR CIENTO (100%) de lo que le corresponda por concepto de prima por hijos, juguetes, gastos médicos y útiles escolares.- D) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre las Prestaciones Sociales, Caja de Ahorros o cualquier cantidad que pueda corresponderle al obligado por haber terminado la relación laboral.- Las cantidades a retener en los literales “A, B y C” deberán ser entregadas a la demandante de autos en Cheque de Gerencia a Nombre de la misma ciudadana BETZY ANDREINA GONZALEZ PEREZ, antes identificada y la cantidad contenida en el literal “D” deberán ser entregadas en Cheque de gerencia a nombre del JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 01. EXP. No. 18925. Solo se reciben Cheques MARTES Y JUEVES. Asimismo se ordena informar al Juzgado de la causa sobre el sueldo básico, bono vacacional, prima por hijos o cualquier otro beneficio que perciba mensual o anualmente el reclamado de autos, e indicar de manera detallada las deducciones que recaen sobre los sueldos del referido demandado.- ESTE TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECALRA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE. A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) del sueldo que devenga el ciudadano VALENTIN RAFAEL CASTELLANO TARRA, portador de la Cédula de Identidad No. 17.096.215, al servicio de la Empresa COCA COLA FEMSA S.A DE C.V. B) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre las utilidades, aguinaldos o bonificación especial de fin de año, que pueda corresponderle al reclamado de autos.- C) EL CIEN POR CIENTO (100%) de lo que le corresponda por concepto de prima por hijos, juguetes, gastos médicos y útiles escolares.- D) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre las Prestaciones Sociales, Caja de Ahorros o cualquier cantidad que pueda corresponderle al obligado por haber terminado la relación laboral.- En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Empresa que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 10:10 AM.
LA JUEZ,

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA

EL NOTIFICADO (A) LA SECRETARIA TEMPORAL:

ABOG. KAREN MARGARITA NUÑEZ