En el día de hoy, 04 de Marzo del año Dos Mil Once(2011), siendo las 2:15 de Mañana, día y hora fijados por el Tribunal para llevar a efecto la Ejecución de la Medida Preventiva de Embargo decretada en el Juicio de DIVORCIO ORDINARIO, seguido por el Ciudadano: GREGORIA SANTOS, Titular de la Cedula de Identidad N° V- 9.752.321contra el Ciudadano: OSCAR MUÑOZ, Titular de la Cedula de Identidad numero: V-7.787.392 por ante el Juzgado de Proteccion del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, sala de juicio, Juez Unipersonal N° 02, con sede en Maracaibos y para lo cual fue comisionado este Tribunal.- A señalamiento del apoderado judicial de la parte actora Abogado(a): ALEXIS DEVIS DAZA, titular de la cedula de identidad Nº V-5.800462 e inscrita en el inpreabogado bajo el Nº-21326 se trasladó y constituyó este Órgano Ejecutor de Medidas en la sede de la Empresa COMPLEJO PETROQUIMICO DE VENEZUELA S.A (PEQUIVEN) hoy en dia COMPLEJO PETROQUIMICO ANA MARIA CAMPOS ubicada en el Complejo Petroquímico EL TABLAZO, Edificio Administrativo, cuarto piso Municipio Miranda del Estado Zulia.-