JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, TUBORES, VILLALBA Y PENÍNSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
Porlamar, 17 de Marzo de 2011.
200° y 151°
Visto el escrito de Transacción presentado por los ciudadanos JORGE LUIS GONZALEZ LÓPEZ y ANTONIO GONZALEZ ABAD, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 7.088.490 y 12.952.379, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo el Nro. 40.124 y 80.520, respectivamente, en su condición de endosatarios y con el carácter de parte demandante; y el ciudadano EUVALDO JOSE RIVAS LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 1.444.003, actuando en su carácter de representante de la sociedad mercantil COMERCIAL DE AVIACION, C.A (COMERAVIA), parte demandada del presente juicio, así como la diligencia de fecha 09-03-2011 donde la parte demandante ciudadano Abogado Jorge Luis Gonzalez, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 210.124, solita la homologación de la Transacción presentada en fecha 16 de Febrero de 2011, ante el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Maneiro, Tubores, Villalba y Peninsula de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, al momento de la realización de la Medida preventiva de Embargo, en virtud de que la parte demandada consignó cheque para cubrir la suma de la estimación de la presente demanda. Este Tribunal provee de conformidad con lo solicitado, en consecuencia homologa la presente TRANSACCIÓN, conforme lo establecido en el artículo 263 del Código de procedimiento Civil. Todo con motivo del juicio seguido por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION) JORGE LUIS GONZALES y ANTONIO GONZALEZ ABAD, contra COMERCIAL DE AVIACION C.A (COMERAVIA), antes identificados. Cúmplase.-
El Juez,


Dr. Juan José Anuel Valdivieso

La Secretaria Temporal,


Abg. Adriana Padilla Moya
Exp. 1038-10
JJAV/apm/mmc.-