REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCIA, TUBORES, VIILLALBA Y PENINSULA DE MACANAO
República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Tercero de los Municipios Mariño, García, Tubores,
Villalba y Península de Macanao de la
Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
PORLAMAR, 02 de marzo de 2011.-
200° y 152°
Por cuanto de la revisión de las actas que conforman el presente Expediente Nº 1.633-11, se desprende que en el documento de Fianza Financiera instrumento fundamental de la presente demanda las partes se someten a la Jurisdicción de los Tribunales de la Ciudad de la Asunción, Municipio Arismendi de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, como domicilio especial y excluyente, este Juzgado Tercero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA para conocer de este proceso, en el Juzgado de los Municipios Arismendi, Gómez y Antolín del Campo de esta Circunscripción Judicial, criterio de base legal que no debe ser soslayado en aras de la preservación de esta garantía procesal y ORDENA remitir la causa al Tribunal de los Municipios Arismendi, Gómez y Antolín del Campo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. CUMPLASE.-
EL JUEZ TITULAR,
Dr. ALBERTO RAUSSEO VALDERRAMA
LA SECRETARIA
Abg. WINIFRED FRENDIN GONZALEZ
ARV-wfg-
EXP Nº 1.633-11.-